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domingo, julio 07, 2024

Petróleo y algo más...

Por Luis Hernández.

¿Cómo vemos los Trabajadores de Venezuela el Proceso Electoral Venezolano? El voto es un derecho constitucional que está consagrado en nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, CRBV… El Concejo Nacional Electoral en Venezuela no ha auditado a todos los venezolanos que pueden emitir su voto para elegir al ciudadano presidente de la república como debe ser, esto, por no haberse depurado el Registro Electoral Permanente, REP, de personas fallecidas; no se conoce el lugar de residencia de los votantes; las migraciones internas que han sido inconsultas de los ciudadanos a ejercer el derecho al voto; la imposición del voto asistido; la escogencia por el CNE de los venezolanos que puedan votar en el exterior, lo cual implica un abuso de autoridad, puesto que el derecho es para todo venezolano dentro y fuera del país; la negatividad a la observación internacional en el proceso electoral del 28 de julio; las máquinas en el proceso electoral no están auditadas por la sociedad civil integrada por personas calificadas en los procesos de automatización, es decir, por profesionales universitarios expertos en tecnologías, ciudadanos gremiales y representantes de los trabajadores, las cuales están interconectadas en varios subsistemas para poder suministrar los datos emitidos en el momento del voto a la sala electoral de conteo y totalización de la votación para luego emitir los boletines a la ciudadanía… Lo cual nos permite no confiar en el proceso, al elector se le debe eliminar el proceso de la duda para que su espíritu quede conforme a su derecho ejecutado con el voto en el proceso de elegir… En la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela se establece que la independencia, la libertad, la soberanía, la inmunidad, la integridad territorial y la autodeterminación nacional son derechos irrenunciables de la Nación. Artículo 5. La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público. Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos… Se debe dejar ese triunfalismo electoral porque la Fiesta Electoral se ha transformado en una Lucha Electoral con todo en contra de los ciudadanos que desean el cambio, por eso la mayor participación de los ciudadanos anula cualquier intención de fraude en un proceso electoral… Recordemos que los Observadores Internacionales no son vinculantes, por ser cambiado su rol como acompañantes electorales, lo cual nos obliga a todos los venezolanos a ser observadores y defensores del Voto… El Artículo 328. La Fuerza Armada Nacional constituye una institución esencialmente profesional, sin militancia política, organizada por el Estado para garantizar la independencia y soberanía de la Nación y asegurar la integridad del espacio geográfico, mediante la defensa militar, la cooperación en el mantenimiento del orden interno y la participación activa en el desarrollo nacional, de acuerdo con esta Constitución y con la ley. En el cumplimiento de sus funciones, está al servicio exclusivo de la Nación y en ningún caso al de persona o parcialidad política alguna. Sus pilares fundamentales son la disciplina, la obediencia y la subordinación. La Fuerza Armada Nacional está integrada por el Ejército, la Armada, la Aviación y la Guardia Nacional, que funcionan de manera integral dentro del marco de su competencia para el cumplimiento de su misión, con un régimen de seguridad social integral propio, según lo establezca su respectiva ley orgánica. Esto nos permite colocar en su lugar al estamento militar en un proceso electoral… Los ciudadanos son garantes y defensores natos del proceso electoral nacional… ¡SALGAMOS TODOS A VOTAR Y HABRÁ CAMBIO EN VENEZUELA!...

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