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viernes, agosto 14, 2020

AL PUEBLO DE VENEZUELA

San Cristóbal,  12 de agosto de 2020

Atención:
Pte. (i) Juan Guaido Márquez
y demás Diputados Integrantes de la Asamblea Nacional.
Frente amplio Venezuela libre.
Conferencia Episcopal Venezolana
Sectores productivos del país.

INTEGRACION CIUDADANA
Alternativa para la liberación de la Nación y el restablecimiento institucional del sistema democrático

En respuesta a su solicitud de presentar alternativas ante la profunda crisis que sacude a Venezuela y a los venezolanos, nosotros CIUDADANOS, integrantes de las  fuerzas vivas de las regiones del  país, ONGs, Gremios, Universidades, quienes suscribimos el presente documento, acudimos ante Ustedes para presentar la siguiente:

PROPUESTA PARA REALIZAR UNA CONSULTA POPULAR AL PUEBLO VENEZOLANO
RESIDENTE DENTRO Y FUERA DEL TERRITORIO DE VENEZUELA.
I
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Considerando:
1.- Que desde que el 23 de enero  de 2019 El Presidente Juan Guaido se juramentó como Presidente encargado, y en su gira de visitas al interior y exterior del país ha recibido manifestaciones  de apoyo popular a su persona y a sus propuestas.

2.-  Que en fecha  5 de febrero de 2019 la Asamblea Nacional dictó el Estatuto que rige la transición a la democracia para restablecer la vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

3.- Que para lograr los objetivos propuestos por el Pte. (i) Guaido, contenidos  en tres líneas: Cese de la usurpación, Gobierno de transición y elecciones libres, se requiere  la implementación de un mecanismo que logre aglutinar el enorme descontento social existente (que ronda según las encuestas el 80% de la población) a través de un instrumento de corte constitucional, pacífico y electoral, que facilite y aligere la ejecución de las acciones correspondientes para el cumplimiento de esas tres líneas, en virtud de que la Constitución ha sido violentada y debe restablecerse su vigencia.

 4.- Que  en Venezuela ya existe la experiencia que permite diseñar y realizar UNA CONSULTA POPULAR en breve tiempo, por el antecedente de la propuesta que se formuló para el evento  ” la cual fue aprobada por la Asamblea Nacional y ejecutada por la sociedad venezolana el 16 de julio de 2017; con la circunstancia añadida que gracias a ella en los actuales momentos el Presidente Guaido ha recibido el reconocimiento y el respaldo  de los gobernantes de aproximadamente 60 países y otros ofrecimientos de apoyo de organismos internacionales, lo cual garantiza que lo decidido en LA CONSULTA POPULAR que aquí se propone, tenga reconocimiento nacional e internacional.

5.- Que la actual Constitución prevé que las decisiones que se toman en CONSULTA POPULAR, tienen carácter vinculante y no requieren para su realización de  ningún organo del poder constituido; por lo que es posible su realización para tomar en cuenta la opinión y voluntad de los venezolanos ubicados dentro y fuera del país, que de manera simultánea y desde su lugar de ubicación, emitan su opinión a través del voto acerca de los puntos sometidos a consulta.

6.- Que la Asamblea Nacional es la única rama del Poder Público Nacional que sigue siendo reconocida internacionalmente como el poder legítimo de Venezuela, y por tanto bien podría asumir la convocatoria.

7.- Que en fechas recientes del año 2019 nuevamente algunas ONGs como ANCO, La rebelión de las regiones, Voz Ciudadana, algunas Universidades y hasta la Conferencia Episcopal Venezolana entre otras voces autorizadas en el afán de promover nuevas alternativas que renueven la fe del pueblo venezolano en las vías constitucionales y democráticas, han propuesto a la Asamblea Nacional, a los venezolanos y a la Comunidad Internacional realizar UNA CONSULTA POPULAR aplicada en Venezuela y el exterior para que el pueblo venezolano decida una salida pacífica a la crisis política, económica y social que por años agobia a los venezolanos.
Efectivamente, se ha  propuesto: “Que el pueblo ejerciendo directamente su Soberanía, y asumiendo su deber de colaborar de manera efectiva con el restablecimiento constitucional, según lo contemplado en el artículo 333 de nuestra Carta Magna, decida mediante CONSULTA POPULAR sobre la continuidad de funciones de los órganos del estado entre ellos el poder ejecutivo que encabeza Nicolás Maduro Moros y su tren ejecutivo aun en el poder. Esta consulta popular se aplicaría a los venezolanos dentro y fuera del país y nos conduciría a avanzar en la aprobación y el establecimiento de un Gobierno de Transición que inicie la reinstitucionalización y estabilización del país, el rescate de la democracia y la organización de Elecciones realmente libres”.

Por lo cual queremos impulsar esta propuesta por ser oportuna, coherente, constitucional, pacífica y electoral, realizando la consulta bajo la forma de Asambleas de ciudadanos, quienes emitirían su opinión sobre los temas de las tres líneas de Guaido, manifestando mediante voto su respuesta a las preguntas respectivas.

8.- Que la gravedad de la situación que vive el país, empeorada por la convocatoria a elecciones parlamentarias a las cuales la ciudadanía se niega a asistir, aunado a las tropelías cometidas contra los partidos políticos y sus legítimas autoridades, así como la confiscación de sus símbolos, tarjetas electorales y hasta sus sedes políticas, amerita que se adopten con  la urgencia del caso las medidas necesarias para poner fin a la misma, ya que la opinión pública generalizada aspira a un efectivo mecanismo de solución a corto plazo por lo que, el pueblo exige acciones expeditas. Y qué mejor acción que sea la fuente del poder soberano que es el pueblo quien decida.

9.- Que es público y notorio que no existe confianza popular ni en las antiguas autoridades del CNE ni en sus nuevos Rectores, así como tampoco en  el sistema electoral electrónico, lo cual amerita que la dirección política nacional en consenso con los sectores vivos de la sociedad provean una alternativa a los ciudadanos para manifestar su voluntad y cuál  mejor instrumento que la consulta bajo la forma de asamblea general de ciudadanos.

Fundamentados en todo lo anterior, proponemos a Ustedes, y a nuestros mandatarios legítimos en la Asamblea Nacional, y a la dirigencia política nacional el presente proyecto  para ser sometido a su consideración, admisión  discusión y aprobación.

ASAMBLEAS DE CIUDADANOS PARA LA CONSULTA POPULAR AL PUEBLO VENEZOLANO RESIDENTE DENTRO Y FUERA DEL TERRITORIO DE VENEZUELA

II
OBJETIVOS
Objetivo General
Proponer al pueblo de Venezuela la celebración de UNA GRAN CONSULTA POPULAR mediante la celebración de grandes asambleas generales de ciudadanos nucleados alrededor de sus centros de votación por lo cercanos a sus viviendas, que como mecanismo constitucional,  den un respaldo popular  a las tres líneas Propuestas por el Presidente de la Asamblea Nacional  Juan Gerardo Guaido  Márquez, y Presidente encargado de la República, que le permitan ejecutar acciones para en definitiva  finiquitar la  solución de la gran crisis, política, social y económica que padecemos  en la actualidad los ciudadanos, que se evidencia en la galopante mega inflación, corrupción, déficit de alimentos, medicinas  y mal funcionamiento de los servicios públicos de salud,  electricidad, agua potable, comunicaciones, desempleo, inseguridad, falta de gasolina, gas, transporte, agravados actualmente con la llegada del virus chino COVID  además de un largo etc., y que ha generado un éxodo sin precedentes y una crisis humanitaria de proporciones mundiales.

Objetivos específicos

1- Establecer  mediante UNA CONSULTA POPULAR CONSTITUCIONAL,  realizada en Asambleas de Ciudadanos: la forma y el tiempo de EXIGIR EL CESE INMEDIATO de las funciones de TODOS LOS ORGANOS DEL ESTADO, entre ellos, de todo el  Ejecutivo Nacional encabezado por Nicolás Maduro, del poder electoral, del cuerpo diplomático, de la Asamblea Nacional Constituyente  y  de los Magistrados del TSJ electos irregularmente en diciembre de 2015.

2.- Crear un modo de refrendar la existencia de la transición y por ende del “Estatuto que rige la transición a la democracia para restablecer la vigencia de la constitución de la República Bolivariana de Venezuela”,  que concrete el contenido de la misma y establezca un plazo que permita gobernar, mediante un plan de emergencia nacional, hasta lograr elecciones generales libres.

3.- Realizar lo más pronto posible, ELECCIONES GENERALES  LIBRES,  con voto, escrutinio y totalización manual, a través de un nuevo sistema  y registro electoral y nuevos rectores del CNE

4.- Obtener  la aceptación internacional de la decisión del pueblo en ejercicio de su soberanía y en el mismo acto solicitar el apoyo para la realización de la consulta y ejecución de lo aprobado en LA CONSULTA POPULAR.

III
BASES CONSTITUCIONALES

Artículos 5, 22, 67, 70, 293-5 y 333 de la Constitución

Artículo 5. La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público.

Los ORGANOS DEL ESTADO emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos.

Artículo 22, La enunciación de los derechos y garantías contenidos en esta Constitución y en los instrumentos internacionales sobre derechos humanos no debe entenderse como negación de otros que, siendo inherentes a la persona, no figuren expresamente en ellos. La falta de ley reglamentaria de estos derechos no menoscaba el ejercicio de los mismos.

Artículo 67. Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de asociarse con fines políticos, mediante métodos democráticos de organización, funcionamiento y dirección. ... Los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a manifestar, pacíficamente y sin armas, sin otros requisitos que los que establezca la ley.

Artículo 70. Son medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía, en lo político: la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la revocatoria del mandato, la iniciativa legislativa, constitucional y constituyente, el cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos y ciudadanas cuyas decisiones serán de carácter vinculante, entre otros; y (…)

Capítulo V Del Poder Electoral
Artículo 293.5 Constitucional: El Poder Electoral tiene por funciones: (…) 5. La organización, administración, dirección y vigilancia de todos los actos relativos a la elección de los cargos de representación popular de los poderes públicos, así como de los referendos.  (…)

Artículo 333. Esta Constitución no perderá su vigencia si dejare de observarse por acto de fuerza o porque fuere derogada por cualquier otro medio distinto al previsto en ella.  En tal eventualidad, todo ciudadano investido o ciudadana investida o no de autoridad, tendrá el deber de colaborar en el restablecimiento de su efectiva vigencia.

IV
FUNDAMENTOS DE LA PROPUESTA

En nuestros acercamientos entre las regiones del país hemos comprobado una extraordinaria aceptación de esta propuesta frente a lo que en la actualidad se nos ofrece a través de una supuesta solución electoral, devenida de oscuros diálogos que solo han generado duda y desconfianza, pues se distancia de la promesa ofrecida al pueblo establecida en la secuencia ordenada: Cese de la Usurpación, Gobierno de Transición, Previos  a Elecciones Libres",  diálogos éstos que se reanudan y se suspenden y alargan el sufrimiento del pueblo venezolano.

En múltiples encuentros han surgido preguntas cuyas respuestas son comunes y se resumen en la consulta que proponemos  como  una solución sin más interés que el bienestar de los venezolanos.

1. La consulta  popular en asambleas de ciudadanos  es un medio de participación y protagonismo político del pueblo en ejercicio de su soberanía contemplado en el Art. 70 CRBV;

2. El CNE, no tiene competencia en la organización, administración, dirección y vigilancia de una asamblea de ciudadanos, por cuanto el Poder Electoral no tiene las facultades constitucionales que así lo determinen.  Su alcance solo se limita a los cargos de representación popular de los Poderes Públicos, así como los referendos, no incluyendo la Consulta Popular ni las asambleas de ciudadanos, por tanto, puede llevarse a cabo a través de GRANDES ASAMBLEAS GENERALES DE CIUDADANOS, a realizase en todo el país y en el exterior en forma simultánea, que permitirían visibilizar la principal fuente de poder que poseemos que es el 80% descontento social existente como lo recomienda el experto politólogo John Magdaleno. (JM)

3. El proceso de CONSULTA POPULAR,  mediante Asamblea de Ciudadanos constituye un modo de participación y manifestación de la Soberanía Popular, y es la expresión más pacífica y electoral de la Rebeldía Ciudadana  y SE REALIZARÍA EN UNA INNOVADORA JORNADA CIVIL Y MUNDIAL, POR LA DEMOCRACIA, LA LIBERTAD, LA JUSTICIA Y LOS DERECHOS HUMANOS.

4. El proceso lo organizaría la Sociedad Civil legalmente constituida, (apoyada por los países e instituciones internacionales) que hoy al igual que los venezolanos, desean una solución a la mega crisis venezolana.

Acá nos veríamos involucrados las Universidades, el Movimiento estudiantil, La Iglesia, los Trabajadores, Empresarios, Maestros, Sectores organizados de Venezuela, Representantes de Academias, Gremios, ONGs, los Foros culturales, las Personalidades, y los  Movimientos sociales organizados de calle, Sindicatos, así como también los venezolanos comunes y corrientes, apoyados unos con otros y quienes  una vez empoderados, promovamos e impulsemos las asambleas de ciudadanos para llevar a feliz término esta CONSULTA POPULAR por Iniciativa Popular.

5. No requiere de la tutela del Plan República;

6. Es un proceso de bajo costo y de organización, de rápida ejecución una vez se tome la decisión de realizarlo (máx. 30 días);

7. Es un proceso transparente, de gran honestidad y honradez por parte de los ejecutores (la sociedad civil organizada dotada de credenciales ciudadanas institucionales, morales y éticas) y los organismos internacionales que se convoquen.

8. El voto, el escrutinio y totalización es totalmente manual;

9. Participarán todos los venezolanos mayores de 18 años, residentes en Venezuela o en exterior, con el solo requisito de presentación de su cédula de identidad o su pasaporte;

10. Se realizaría bajo una amplia y plural Tutela y Veeduría, indispensable de la Comunidad Internacional: OEA, ONU, GRUPO DE LIMA, GRUPO IDEA, y de la UNIÓN EUROPEA, y otras instancias internacionales quienes garantizarían la pulcritud y transparencia del evento y el cumplimiento y acatamiento del resultado de lo que EL PUEBLO SOBERANO DECIDA en ese acto;

11. Se realizaría sin las trampas del CNE, sin barreras y sin las alcabalas de los Puntos Rojos.
12. Sería un proceso de ratificación del compromiso con la democracia y de la autodeterminación de los pueblos en su lucha por la libertad y su destino;

13. Se manifestara la voluntad de los ciudadanos mediante el voto configurándose de esta manera un gran pacto nacional alrededor de UNA SOLUCIÓN ELECTORAL, PACÍFICA Y CONSTITUCIONAL.

Es de esta manera que los venezolanos, como pueblo, proponemos manifestar ante el mundo nuestra autodeterminación, al ejercer directamente  la soberanía  – principio de autodeterminación de los pueblos- exigiendo el cese de la usurpación, un gobierno de transición y elecciones libres.
También de esta manera el pueblo venezolano asume directamente desde la base misma de la sociedad la solicitud de ayuda de la comunidad internacional  para lograr los objetivos propuestos.

V
REQUISITOS

1.- Aprobar la propuesta por la Asamblea Nacional, y/o por acuerdo político del FAVL para fijar fecha y convocarla. (Sugerimos el mismo día de las pírricas elecciones, para evitar las limitaciones que seguramente trataran de impedirla soportándose en la pandemia) o en su defecto la semana anterior. (Siempre buscando visibilizar la principal fuente de poder que poseemos que son el 80% de descontentos (JM)

2.- Solicitar oficialmente por parte de la Asamblea Nacional  el Apoyo internacional, mediante la asistencia  y supervisión de la OEA demás Órganos Internacionales ya mencionados y la presencia de veedores enviados por los países que han manifestado el  apoyo al pueblo venezolano.

3.- Organizar la celebración del proceso electoral, mediante la constitución de los centros de consulta y de las mesas; elaboración de cuadernos de votación por parroquias en Venezuela, y ciudades en el exterior, donde se vote con la presentación de la cédula de identidad, se verifique su nombre y apellido, se estampe su huella digito pulgar.
Establecer la forma de escrutinio y totalización pública  con veedores internacionales y prensa nacional e internacional.


ACTA DE LA CONSULTA
En el día de hoy (fecha del día de la consulta) Yo, venezolano, firmante identificado con mi nombre cédula de identidad y huella digito pulgar, en el cuaderno de votación, constituido en ASAMBLEA NACIONAL DE CIUDADANOS de manera simultánea, con los demás ciudadanos venezolanos, procedo desde mi centro de votación nucleado de forma directa y secreta, a  emitir mi opinión sobre los objetivos planteados como temática de esta asamblea para lo cual he sido convocado por la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela en fecha (fecha del día de la Convocatoria) y en consecuencia doy respuesta a las siguientes preguntas:
 
Instrucciones marque al lado de la opción de su  preferencia en cada una de las preguntas
                                                                         
¿Aprueba Ud., el cese INMEDIATO de funciones de TODOS LOS ÓRGANOS DEL ESTADO, el nombramiento de un Gobierno de emergencia nacional y el llamado inmediato a Elecciones libres? *
¿SI O NO?

* Se declara de manera expresa la voluntad de la ciudadanía en el caso de no acatarse el mandato emitido en esta consulta, AUTORIZAR a que los países tomen las medidas necesarias para liberar y socorrer al pueblo de Venezuela y detener la violación de DDHJH conforme a la doctrina de la ONU (R2P) y demás convenios suscritos por el país.

LAS REGIONES PROPONEN… LOS CIUDADANOS DECIDEN
El Problema, ES DE TODOS...
¡TOMEMOS EN CUENTA A TODOS!
¡CONSULTA YA!


Carta del Libertador
(Dirigida a Santander, Octubre de 1826)
“En una palabra, mi querido general, yo no conozco más partido de salud, que el de devolver al pueblo su soberanía primitiva Para que rehaga su pacto social.

Vd. Dirá que esto no es legítimo, y yo, a la verdad, no entiendo qué delito se comete en ocurrir a la fuente de las leyes, para que remedie
un mal que es del pueblo y que sólo el pueblo conoce.

Digo francamente que si esto no es legítimo, será necesario a lo menos, y, por lo mismo, superior a toda ley; pero más que todo es eminentemente popular, y, por lo mismo, muy propio de una república eminentemente democrática”.
Simón Bolívar
Estado Táchira
Luis “Balo” Farías
Jorge Rangel Montiel
Ilander Delgado.
Freddy Sandoval
Estado Trujillo
Blanco Reyes Elis Enrique
Estado Mérida.
Franklin Rangel
Gerardo Márquez
Estado Monagas
Erick Daniel Joyo Cuaro
Estado Aragua
Eligio Jesús Jeanton Ollarves
Estado Miranda
Richard Lizárraga

FUENTE: R/S/W
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