Por Douglas Zabala
Apenas nos estábamos quitando el polvo de encima cuando, al son del trotar de las caballerías de nuestros patriotas, dimos los primeros pasos para establecer vínculos diplomáticos y comerciales que nos permitieran insertarnos en el escenario internacional como país libre y soberano.
Surge así el Tratado de Paz, Amistad, Navegación y Comercio, firmado el 20 de enero de 1836 entre Venezuela y los Estados Unidos, marcando un hito en las relaciones exteriores del país, para la región del Caribe y toda Latinoamérica.
El tratado fue negociado en Caracas por Santos Michelena, en representación de Venezuela, y John G. A. Williamson, encargado de negocios de los Estados Unidos. Ambos países compartían intereses estratégicos: Venezuela deseaba atraer inversión extranjera y fortalecer su economía, mientras que Estados Unidos buscaba expandir su influencia comercial en América Latina.
“La República de Venezuela y los Estados Unidos de América, deseando hacer duradera y firme la amistad y buena inteligencia que felizmente existe entre ambas Potencias, han resuelto fijar de una manera clara, distinta y positiva las reglas que deben observar religiosamente en lo venidero, por medio de un tratado de paz, amistad, navegación y comercio”.
Este acuerdo estableció principios fundamentales para garantizar la paz perpetua, igualdad de trato para los ciudadanos en materia comercial, libre navegación y protección mutua. Además, abría las puertas a una relación basada en la reciprocidad y el respeto mutuo a sus soberanías.
“Artículo 1°. Habrá una paz perfecta, firme e inviolable y amistad sincera, entre la República de Venezuela y los Estados Unidos de América, en toda la extensión de sus posesiones y territorios, y entre sus pueblos y ciudadanos respectivamente, sin distinción de personas ni lugares”.
Aquel Tratado entre Venezuela y los EEUU nos recuerda que la soberanía nacional no es una idea abstracta, sino un derecho inalienable, el cual siempre debemos estar dispuesto a defender y se ejerce en los espacios así definidos en los artículos 1°. 5° y 11° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
FUENTE: >>https://www.instagram.com/p/DPTuYq6DjmR/?igsh=MTVpN3dleXA4dnI5ag==
Si quieres recibir en tu celular esta y otras noticias de Venezuela y el mundo, descarga Telegram, ingresa al link Https://t.me/NoticiaSigatokaVenezuela.

No hay comentarios:
Publicar un comentario
GRACIAS POR EMITIR TU OPINIÓN
Todos los contenidos publicados en este sitio web son propiedad de sus respectivos autores. Al utilizar este sitio web afirmas tu aceptación sobre las Condiciones de uso, la Política de privacidad, uso de cookies y el Deslinde de responsabilidades legales.