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lunes, marzo 11, 2024

Necesaria rectificación

Por: Gonzalo Oliveros Navarro

En Colombia nos encontramos viviendo en este momento con Permiso Especial de Permanencia 2.004.503  venezolanos.

Somos personas que salimos de nuestro país por razones políticas, económicas o humanitarias, ninguno de ellos, seguro estoy, por turismo. De allí que, entre nosotros y Colombia se ha construido un sentimiento de permanencia. Lamentablemente los políticos, quienes redactan y aprueban  normas de carácter sublegal y los legisladores, no lo interpretan así.

De la normativa existente, el PPT por una parte y alguna norma de carácter legal, cualquier observador puede inferir que para ellos, nuestra estancia es temporal, no importa que en el caso del primer Permiso Especial de Permanencia hubiere sido expedido hace casi 7 años y que buena parte de quienes fueron beneficiarios de ese y los subsiguientes instrumentos de identificación en el país, estén consustanciados con este y aportando lo mejor de sí para el engrandecimiento del mismo

El preámbulo que he descrito tiene una explicación: 

NN es un niño venezolano de seis años de edad con Permiso por Protección  Temporal -PPT- vigente y expedido, que en este momento está luchando por su vida. Tiene él una dolencia cardíaca que sólo se resuelve con un trasplante y él, por extranjero y no tener estatus de residente, no aplica al mismo porque, conforme a las normas que regulan dicho documento, esa condición no le es aplicable. Así, a ese niño, la normativa interna le atribuye casi que la condición de turista y por eso puede regresar a su país para que allí sea atendido, lo que es una increíble contradicción con los términos de los considerandos del Decreto 216 que crea el PPT  y la posición reiterada de la Corte Constitucional que ha reconocido en distintas sentencias nuestra crisis humanitaria. Así las cosas, la normativa colombiana aprobada por legisladores y funcionarios de la administración, desconoce, lamentablemente las características de nuestra estancia en el país.

NN está luchando por su vida, no solo contra las condiciones que implican su diaria subsistencia, sino también contra la institucionalidad. Ello ha obligado a su madre a recurrir al Poder Judicial para, por vía de tutela, agotar ese último mecanismo a los fines de lograr que su hijo pueda ser beneficiario en este, el país donde reside, de un trasplante de corazón  para que sean los jueces colombianos,  esos que parecieren tener más sensibilidad que legisladores y administrativistas, los que ayuden a salvar a su hijo. A veces ocurre que las personas no nos ponemos en la posición de otro.

Creamos normas para aplicarlas a terceros sin consultar a estos o peor aún, sin ponerse en la posición de ellos. Bastaría tan solo pensar que quien en Colombia se encuentra con PPT, turista no es, para ajustar la normativa que a los mismos les es aplicable.

En todo caso,  otra sugerencia que se nos ocurre,  es que la embajada venezolana en Colombia le proponga a su gobierno el que este le plantee al colombiano una política de reciprocidad fundada en la inmensa cantidad de colombianos que en nuestra tierra viven, que permita que, a ambos lados de nuestras fronteras, los nacionales de los dos países, puedan recibir trasplantes de órganos sin que lo obstaculice la nacionalidad.

Son dos respetuosas sugerencias que salvarían lo más preciado que todos tenemos, la vida. 
@fundacion2Paises @barraplural

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FUENTE: >>https://www.gacetaregional.com/sitegr/necesaria-rectificacion/

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