lunes, diciembre 02, 2024

SALVAR CITGO, angustioso llamado, propuesta concreta al presidente electo Edmundo González y a la lideresa María Corina Machado

Carlos Ramirez Lopez.

Ya casi al borde del precipicio en cuanto a la pérdida de nuestro mayor bien del patrimonio nacional como lo es la refinería Citgo hago este último llamado para tratar de salvarlo y para lo cual aún queda forma, por ejemplo, una demanda Writ of Certorari por ante la Corte Suprema de los Estados Unidos, una con el enfoque apropiado en vez de la que inutil, fracasada y egoistamente antes propuso la directiva de Pdvsa ad hoc.

DR. EDMUNDO GONZÁLEZ URRUTIA, DRA. MARÍA CORINA MACHADO, SEÑORES DIPUTADOS DE LA LEGÍTIMA ASAMBLEA NACIONAL 2015.

En vuestra condición de presidente electo, lideresa nacional y diputados legítimos de la Asamblea Nacional respectivamente, les pido que presten atención a este llamado y hagan las debidas gestiones para la salvación de dicha empresa ante las autoridades norteamericanas administrativas y judiciales correspondientes y a tales fines hago explicación pública.

Con el debido respeto les solicito que en conjunto, o individualmente interpongan o hagan interponer una demanda “Writ of Certiorari” por ante la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos de Norteamérica en pretensión de nulidad de todo el fraudulento procedimiento con el cual están por quitarle a Venezuela la parte más importante de su patrimonio material como lo es la empresa Citgo.

Lo que está ocurriendo en Estados Unidos con el remate de la empresa CITGO es un crimen de gigantescas proporciones contra Venezuela y que pudiendo combatirse no se ha hecho debidamente por lo que este es prácticamente un último llamado para ello, aún hay tiempo para ejercer una acción -aunque escaso, pero lo hay- como seguidamente se expone.

EXPLICACIONES. De manera arbitraria el entonces presidente Hugo Chávez emitió una serie de abusivos actos que llamó “expropiaciones” que no fueron tal cosa ya que no hubo ningún trámite previo ni posterior de los que caracterizan a dicha figura jurídica, solo se trató de arbitrariedades que causaron daños que ciertamente han de ser reparados, pero en su justa medida y con arreglo a la ley.

Las víctimas de aquellas “expropiaciones” hicieron uso de un convenio que previo a sus inversiones habían firmado con el gobierno y en donde se establecía el derecho al cobro de los daños y perjuicios que se causasen con dichos actos, cobro que debería tramitarse por ante un tribunal de arbitraje denominado CIADI el cual se rige por un código denominado “Convenio Ciadi” el cual entre sus normas se establece que la representación del país demandado debe ejercerse conforme a su legislación interna (artículo 42).

Hasta allí llegó la legalidad de esos procesos de cobro ante el CIADI. Veamos: La legislación interna o sea la Constitución de la demandada República Bolivariana de Venezuela (RBV) que debió aplicar el Ciadi en estos procesos asigna la defensa de los bienes, derechos e intereses de la república a un funcionario que se titula “Procurador General de la República” quien debe ser nombrado por el presidente de la República previa nominación de la Asamblea Nacional, es decir, se trata de un nombramiento complejo que requiere de la intervención conjunta de dos de los poderes del Estado, todo conforme a los artículos 247, 248 y 249 del texto constitucional que el tribunal arbitral debe tener muy presente desde el principio hasta el fin de todo el recorrido del proceso.

En nuestros casos el CIADI violó flagrantemente ese dispositivo básico para la legalidad de sus actos, nunca se cercioró de la legitimidad de las personas que alegremente asumieron la defensa del país, y con ello todos esos juicios quedaron infectados de nulidad absoluta por falta de representación de la parte demandada, vicio del que también son co-responsables las demandantes que validos de sus muy afamados abogados han debido cuidar ese aspecto de la validéz del proceso y tampoco lo hicieron.

LO QUE OCURRIÓ

La última persona que fue legalmente nombrada en el cargo de Procurador General de la citada manera como manda la Constitución fue Cilia Flores. Ella renunció a ese cargo en fecha 11 de marzo del 2013 y por su propia y arbitraria cuenta nombró a un “encargado” que fue un señor de nombre Manuel Galindo quien al año de estar usurpando la representación de Procurador también renunció y a su vez se tomó la libertad de nombrar a otro encargado, el señor Reinaldo Muñóz Pedroza quien desde entonces siendo en realidad un “encargado del encargado” prosiguió haciendose pasar por Procurador, y todo eso consta en los expedientes, no es que se lo ocultaran al CIADI.

En esa situación se tramitaron todos estos juicios de arbitraje donde condenaron a Venezuela a pagar las inmensas sumas de dinero por las que hoy están rematando al CIADI. Esto significa que todas las sentencias están afectadas de nulidad por violación al derecho a la defensa de la demandada República Bolivariana de Venezuela.

Así, infectados de nulidad absoluta las mencionadas sentencias de arbitraje, el caso pasó a la jurisdicción norteamericana para ejecución de las írritas sentencias, y este paso se dio en virtud del “Convenio de New York” donde se regula el derecho de las partes victoriosas en juicios de arbitraje para ejecutar las sentencias en los tribunales de los paises firmantes de dicho pacto internacional.

La primera de las solicitantes de ejecución fue Crystallex, empresa que por cierto arrastraba otro motivo de nulidad en la sentencia Ciadi que fue el haber vendido los derechos al cobro de la indemnización a una de estas empresas inversionistas a las que algunos describen como “empresas buitre”. Y es que el Ciadi no fue concebida para ese tipo de especulaciones, ni para dirimir diferencias entre cesionarias y el país, pero eso también allá lo pasaron por alto.

Fue así como Crystallex primero, ConocoPhillips después y otra cantidad de beneficiarias de las fraudulentas sentencias del Ciadi, ateniendose al mencionado Convenio de New York, acudieron por ante la Corte Federal de Distrito de Washinton DC en solicitud del pase para su ejecución el cual se dio luego de trámites citatorios que fueron ignorados, en tal virtud el juez comisionó a la Corte Federal de Distrito de Delaware a cargo del juez Leonard Stark para que procediera.

Obviamente la comisión así conferida al juez Stark era para ejecutar las sentencias por las que el Ciadi había condenado única y exclusivamente a la demandada República Bolivariana de Venezuela (RBV), pero eso fue arbitrariamente cambiado por el juez comisionado.

En efecto, excediendose en los límites de su comisión, el juez Stark dio lugar a la petición de Crystallex primero, ConocoPhillips y otras después, de que abriera una incidencia para comprobar el alegato de que la condenada RBV, Pdvsa y Citgo eran la misma cosa en razón de una teoríaa jurídica conocida como Alter ego, y por tanto todas ellas estaban en la obligación de pagar dichas condenas.

El juez Leonard Stark, profundizando su exceso, su extralimitación de funciones, determinó procedente el planteamiento de las empresas y se dispuso a embargar y rematar a la empresa Citgo que no tuvo nunca nada que ver ni con las expropiaciones, ni con el proceso ante el Ciadi, ni con lo que conoció la Corte de Washington, es decir, el juez Stark violando elementales principios de lo que el concepto de debido proceso significa, condenó a la empresa norteamericana Citgo a correr con una deuda que no es suya, generando así una novísima versión de la teoría del “Fruto del árbol envenenado” que desde 1920 en el caso hasta ese momento respetada por todos los jueces norteamericanos desde el caso Silverthorne Lumber Co. V. United States hasta ahora que ha sido vulnerada en la Corte Federal de Distrito de Delaware.

¿QUE HACER?

Por años hago seguimiento a este caso desde que estuvo tramitándose en el Ciadi y en tal virtud lo conozco a fondo y he publicado múltiples escritos al respecto y hasta he formulado razonadas sugerencias a las autoridades venezolanas legítimas para enfrentar este caso pero todo eso ha sido inútil. Ahora estamos ante una última oportunidad y es a lo que en este escrito vengo.

Hay que demandar un recurso Writ of Certiorari la nulidad de todo cuanto en este caso ha ocurrido, incluso ese nefasto procedimiento de remate de Citgo, empresa cuya personalidad jurídica ni siquiera es venezolana, es norteamericana, que nunca tuvo que ver con el asunto de las expropiaciones de Chávez, ni participó en modo alguno en los procesos ante el Ciadi, ni tampoco en el trámite que se realizó por ante la Corte de Distrito de Washinton DC, es decir, es una persona jurídica absolutamente ajena a todo aquello, pero por un exceso interpretativo del juez Leonard Stark está condenada arbitrariamente a correr con las consecuencias de hechos de otros.

Anteriormente el señor Horacio Medina contrató a un bufete de abogados de New York para demandar por ante la Corte Suprema la nulidad del fallo de Delaware, pero esa demanda no estuvo planteada en los términos que aquí se explican y fracasó, esto a pesar de que expresamente se lo advertí de manera pormenorizada y pública, por ello hay que intentarlo de nuevo pero con estos argumentos que antes expuse, y eso es lo que pido que se gestione hacer.

RESUMIENDO

A Citgo se le remata en razón de un proceso donde no fue demandada, y por tanto donde no intervino ni siquiera como tercero, y por lo cual no conoció del caso, ni se defendió. Todo esto amerita que se interponga dicha nueva acción por ante la Corte Suprema de Estados Unidos.

EN CONSECUENCIA

Con el debido respeto se solicita al Presidente electo Edmundo González Urrutia, a la lideresa María Corina Machado, a los diputados de la legítima Asamblea Nacional 2015 que en conjunto, o individualmente interpongan, o gestionen la interposición de una demanda “Writ of Certiorari” por ante la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos de Norteamérica en pretensión de nulidad de todo este fraudulento procedimiento con el cual están por quitarle a Venezuela la parte mas importante de su patrimonio material como lo es la empresa Citgo.

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FUENTE: >>https://carlosramirezl3.medium.com/salvar-citgo-angustioso-llamado-propuesta-concreta-al-presidente-electo-edmundo-gonz%C3%A1lez-y-a-la-0caadfa98c7e

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