El juez Stark ha suspendido la subasta de Citgo hasta el 18 de agosto, esto porque se requier efectuar trámite obligatorio establecido en la ley de EEUU que manda verificar elementos de seguridad a los fines de la expedicion o negativa de licencia presidencial para el traspaso que se pretende.
SE VIOLA EL TRÁMITE PARA QUE EL PRESIDENTE TRUMP EMITA O NIEGUE LICENCIA PARA EL TRASPASO DE CITGO
El proceso de remate de Citgo no ha cumplido con la obligatoria revisión del Presidente de EEUU para que éste tome la decision que le corresponde de autorizar o no el traspaso de la propiedad de Citgo, requisito establecido en la ley “Defense Production Act de 1950”, incorporada al Código de EE.UU. en 50 U.S.C. § 4565, y esto obliga a la suspension del procedimiento que se está llevando. Seguidamente explico:
La Ley de Producción de Defensa de 1950 es un instrumento legal que otorga al Presidente amplios poderes para movilizar la economía estadounidense con fines de defensa nacional y se utiliza para cuestiones de seguridad nacional.
Desde años atrás nos hemos dedicado al estudio de los procesos de arbitraje que por ante el Ciadi se han tramitado contra Venezuela habiendo observado en ellos graves violaciones tanto a su propia normativa como a la ley del país, e inclusive a las de EEUU como en este caso venía ocurriendo pues el remate se estaba llevando a cabo sin haber pasado antes por el Régimen Jurídico del Comité de Inversiones Extranjeras en los Estados Unidos (CFIUS): Seguridad Nacional, Soberanía Económica y Control de Capitales Estratégicos.
Se trata de un tema interno de los Estados Unidos que en esta área de inversiones extranjeras las regula en función de la seguridad nacional en los ámbitos tecnológicos, digitales y geoeconómicos.
Esta área inscrita entre los temas de seguridad a través del citado CFIUS desde el año 1975 pero su autoridad fue consolidada mediante la Sección 721 de la Defense Production Act de 1950, incorporada al Código de EE.UU. en 50 U.S.C. § 4565. Esta disposición confiere al Presidente la facultad de intervenir en transacciones de inversión extranjera que puedan representar una amenaza para la seguridad nacional.
Con la promulgación de la Foreign Investment Risk Review Modernization Act (FIRRMA) en 2018 (Pub. L. №115–232), el marco legal se modernizó:
-Se extendió la jurisdicción del CFIUS a participaciones no controladoras.
-Se incorporó la revisión de adquisiciones de bienes inmuebles sensibles (31 CFR § 802).
- Se establecieron declaraciones obligatorias en sectores tecnológicos específicos (31 CFR § 800.401).
En este mecanismo legal previo a la adquisición de ciertos bienes en EEUU se fija todo un complejo mecanismo de revisión e investigación que de conformidad con sus resultados otorgan al Presidente de EEUU amplia discrecionalidad para ordenar la modificación o la cancelación de la transacción conforme a criterios de seguridad interna.
Existe jurisprudencia relevante que seguidamente cito:
1) Broadcom–Qualcomm (2018): el Presidente Trump bloqueó la fusión por preocupaciones en liderazgo tecnológico en redes 5G.
2) TikTok (Bytedance, 2020).
AHORA BIEN…
En este caso CITGO es una empresa de gran importancia estratégica para Estados Unidos como lo es el tema de los combustibles que afecta a toda la población. También en esto se involucra intereses sensibles de un país como Venezuela cuyo gobierno se ha aliado con enemigos de EEUU como Rusia, China, Irán, pero también con Rusia, China, y otros.
CITGO es una empresa de refinación de petróleo para producir combustibles para alto consumo en este país lo cual demuestra la necesidad de que el presidente Donald Trump ejerza sus atribuciones al respecto.
¿Puede Crystallex comprar Citgo? Crystallex no puede comprar Citgo, y aquí están las razones:
Crystallex no puede ni quiere comprar Citgo. Solo participa como acreedor para recuperar el dinero que le debe el Estado venezolano, pero no tiene intención ni posibilidad legal de operar una empresa energética en Estados Unidos, y así el gobierno norteamericano debe someter a revisión a las demás acreedoras que pretenden participar en el remate para predeterminar puntos como:
¿Las aspirantes en participar en el remate, una vez se haga la adjudicación continuarán las operaciones de las cerca de 5.000 estaciones de servicios que suministran combustible en varios de los estados norteamericanos, o por el contrario paralizarán operaciones?
¿Esas aspirantes cuentan con las licencias del caso para operar esos servicios?
¿Esas aspirantes negociarán con capitales ocultos o inversiones extranjeras para manejar ese negocio?
LA SEGUNDA EN LA LISTA PARA REMATAR CITGO: CONOCOPHILLIPS
Obsérvese que en cuanto a la otra empresa, la segunda en la lista de aspirantes a rematar Citgo está ConocoPhillips que ha mantenido por años estrecha relacion con la petrolera rusa, en efecto, entre 2004 y 2012, mantuvo una significativa presencia en Rusia a través de participaciones en Lukoil y diversas joint ventures. Esto debe ser valorado a los efectos de los intereses de la seguridad de EEUU.
Por los citados ejemplos y en resguardo a la seguridad de EEUU fue que se emitió la antes citada ley que obliga a la revisión del Poder Ejecutivo este tipo de actividades lo cual en este caso no se ha cumplido
Esta es otra razón la Corte Federal de Distrito de Delaware ha ordenado la paralizacion del proceso de remate hasta que se produzca la citada licencia.
Es de advertir que antes varios de los presidentes de EEUU han hecho uso de este medio para proteger a la nación de riesgos por inversiones extranjeras, el mismo Donald Trump lo ha hecho antes, pero ejemplo citamos dos casos específicos:
El 13 de septiembre de 2017 dictó una nueva orden ejecutiva, esta vez para bloquear la adquisición de Lattice Semiconductor Corporation, empresa estadounidense fabricante de chips, por parte de la empresa china de inversiones Canyon Bridge Capital Partners. La operación tenía un valor de $1,3 miles de millones de dólares.
En marzo del 2018 emitió una orden ejecutiva para bloquear la posible adquisición de Qualcomm, compañía estadounidense dedicada a la producción de chips para tecnología móvil, por parte de Broadcom, de Singapur. Broadcom es uno de los principales fabricantes de circuitos integrados para comunicaciones de banda ancha.
Ahora en el caso CITGO se venía violando este dispositivo legal, pero el juez Stark ha tomado la decisión correcta en este sentido. Ahora el remate de CITGO queda absolutamente en manos del presidente Trump.
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FUENTE: >>https://carlosramirezl3.medium.com/suspendido-remate-de-citgo-por-falta-de-licencia-que-debe-expedir-el-presidente-trump-2c9355683460
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