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martes, abril 05, 2022

Innecesaria complicación

Barra Plural 1000

Fue el Permiso Especial de Permanencia -PEP- el primer instrumento de identificación que, para la migración venezolana, el Estado colombiano diseñó en 2017 en el país, como consecuencia por cierto de una sentencia de la Corte Constitucional de esta nación, lo que evidencia la importancia que tiene  contar con Magistrados sensibles.

Dicho mecanismo, en la administración del señor Presidente Duque, ha devenido en el Permiso Temporal de Protecció -PTP- que, por un lapso de diez años, permite a su beneficiaro trabajar, estudiar y acceder al sistema de salud colombiano. El tránsito sin embargo entre los dos, tiene sus bemoles.

Imagínese que con su PEP usted fue diagnosticado de una enfermedad catastrófica  y luego de los exámenes de rigor se le calificó una determinada incapacidad. Así entonces, como consecuencia de haber pasado del PEP al PTP, la persona debe presentar la nueva documentación a la empresa de salud con la cual está afiliado y alli comienza un verdadero via  crucial. 

La persona discapacitada  que intente actualizar sus datos con el PTP debe realizar nuevamente una valoración médica integral con los equipos multidisciplinarios de profesionales de la salud ante las respectivas instituciones que ello atienden,  realizar un perfil completo de discapacidad, hacer un nuevo certificado, registrar la información en el Ministerio de Salud y Protección Social, etc., todo lo cual les hace perder un valioso tiempo, más aún cuando son personas en esa condición y todo ello consecuencia, simplemente de que el Estado decidió cambiar su número de identificación.

Lo que describo aplica asimismo para los colombianos nacidos en Venezuela a quienes se les privó de la nacionalidad de sus ancestros y por ende ahora serán -para mayor complicación- extranjeros en el país,  quienes al estar impedidos de acceder inmediatamente a los instrumentos que le permitan recobrar la misma, deberán inscribirse en el registro que prevé el Estatuto a fin de optar a  la protección del mismo, la cual, es prudente recordar, es potestativa por parte de Colombia.

Como es obvio, se trata de la misma persona, solo que, por decisión de Estado,  debe variar su identificación, sin que este agote mecanismos internos que permitan minimizar los costos económicos y personales derivados del descrito accionar. 

Esa situación que describo para el sistema de salud, probablemente ocurra con todas las situaciones que deriven de la nueva realidad de la persona -propiedades, estudios, cuentas etc- lo que reafirma la conclusión precedente.

 Seguramente cuando la política se diseñó, no se previó  problemas como los descritos pero, una vez detectados, solo queda poner manos a la obra a los efectos de hacerle al habitante del país menos problemática su estancia en este, con lo cual, indubitablemente, se mejorará su calidad de vida. Esperemos a ver que ocurre.

Gonzalo Oliveros Navarro 
Fundacion2Paises
@barraplural

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FUENTE: Gonzalo Oliveros Navarro

NOTA: Noticias Sigatoka Venezuela, no se hace responsable de las opiniones expresadas en los artículos, ni de los comentarios emitidos por nuestros lectores, quedando entendido que son de entera responsabilidad de sus autores.

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