Explica el analista político y consultor en temas electorales el “Acuerdo Sobre Derechos Políticos y Electorales refrendado este 17 de Octubre por el Gobierno y la oposición” el que sería la base para establecer las garantías electorales para las elecciones del 2024; otro acuerdo en marco del Memorándum de Entendimiento firmado en México en Agosto del año 2021
Sánchez se centra su análisis en el primero documentos, sin quedarse en lo que medios titulan “presidenciales serían en la segunda mitad del año 2024” Lo que es cierto es que las delegaciones del Gobierno y la Plataforma Unitaria actuando de conformidad con lo previsto en el memorándum; dentro del marco constitucional (CRBV); y Ley Orgánica de procesos electorales (LOPRE); comprometidos con el fortalecimiento de la democracia y convivencia política, “acuerdan las condiciones necesarias para que se lleven a cabo procesos electorales con todas las garantías, rechazando cualquier forma de violencia”
Por lo que el Diputado a la Asamblea Nacional Sánchez reconoce que es necesario, conocer y manejar cada uno de los puntos de este Acuerdo “pro garantías electorales” en el primero:
1) Las partes se reconocen y respetan el derecho de cada actor político de seleccionar su candidato de manera libre y conforme a sus mecanismos internos, atendiendo a la Constitución “por lo que las internas quedarían amparadas en el Artículo 67 constitucional” agregó
2) Las partes promoverán de manera conjunta con el CNE un conjunto de garantías electorales para los actores. Estas abarcan lo siguientes:
2.1 Que el proceso presidencial se realice en segundo semestre del 2024
2.2 La actualización del registro electoral permanente, incluyendo la jornada especial de inscripción; campaña de información; puntos de actualización en todo el territorio; bajo presencia de testigos “como establece el 157 y 158 de la LOPRE”
2.3 Un proceso de cedulación.
2.4 Realización de una jornada de actualización del registro electoral en el extranjero, sin más limitaciones que la Constitución; “quedando por cubrir la interpretación al 124 de la LOPRE”
2.5 La depuración del REP
3) El desarrollo de auditorías técnicas, al sistema con la participación de los actores políticos, y de observación internacional o acompañantes.
4) Invitar a misiones técnicas de observación electoral acordadas como la Unión Europea. el panel de expertos de la ONU, la Unión africana, Unión Interamericana de organismos electorales y centro Carter.
5) Promoción de un discurso público y clima político favorable al desarrollo del proceso electoral sin injerencias externas. “rechazan cualquier forma de violencia en el ejercicio político, así como cualquier tipo de acciones que atenten contra la soberanía, la paz y la integridad territorial”
6) Se exhorta a los actores y funcionarios a respetar y cumplir la normativa electoral y decisiones del CNE.
7) Requerir a las autoridades competentes la adopción de medidas para garantizar la seguridad, libertad de circulación y reunión para todos los candidatos.
8) Reconocimiento del derecho de los actores a disponer de mecanismos de financiamiento.
9) Promoción del equilibrio en los medios de comunicación, asegurando la igualdad de los candidatos en el acceso a los medios y redes sociales.
10) La participación de todos los medios de comunicación nacionales e internacionales, y redes sociales en la cobertura de la campaña.
11) Se promoverá a todos los candidatos y partidos a que cumplan con los requisitos establecidos para participar; establecidos en la ley. “lo que para algunos significa dejar sin protección a los que tienen algún tipo de inhabilitación al tener que cumplir requisitos de elegibilidad”
12) El Reconocimiento público de los resultados de los comicios presidenciales.
13) Partes procurarán que las condiciones electorales a las que se hace referencia en este acuerdo sean igualmente aplicables para el resto de los procesos electorales que corresponda desarrollar conforme al cronograma
14) En concordancia con el punto ‘de seguridad y libertad de tránsito’ las partes definirán un mecanismo de seguimiento y verificación.
En el ultimo punto o (15) queda establecido que en marco de la agenda acordada en el memorando de entendimiento, las partes continuarán el proceso de diálogo y negociación. Para adoptar otras medidas orientadas al fortalecimiento de la democracia inclusiva, la tolerancia y convivencia política, así como del respeto a los derechos humanos, entendiendo la necesidad de que sean levantadas las sanciones contra el estado venezolano.
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FUENTE: >>https://alfayaracuy.com.ve/contenido/7086/usar-esta-version-mas-corta-anibal-sanchez-que-contiene-el-acuerdo-de-barbados-s
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