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lunes, diciembre 04, 2023

Barbados, el caramelo envenenado


Carlos Ramírez López 
@CarlosRamirezL3 
@DrLeyCRL

como la varita mágica se anuncia la solución encontrada para resolver el problema de la conculcación de la democracia que en Venezuela se sufre, y esto es la usurpada Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia a la que se le confiere la potestad de establecer el destino de la vuelta a la democracia en Venezuela.

Gerardo Blyde lo anunció así: “El Acuerdo de Barbados determinó que debía establecerse una vía que con celeridad permita habilitar candidatos presidenciales. El precedente con amparo cautelar está en el caso M. Rosales otorgado con la admisión del recurso. Seguimos !” https://t.co/uyq1By0jma

El precedente al que el Dr. Blyde se refiere está contenido en el dispositivo del fallo dictado en el caso Rosales: “Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara: 1. COMPETENTE para conocer de la demanda de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar ejercida por el apoderado judicial del ciudadano MANUEL ANTONIO ROSALES GUERRERO, ya identificado, contra la Resolución №01–00–000152, de fecha 8 de agosto de 2014, emanada de la CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA que acordó como sanción su “(…) Inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas, por un período de SIETE (07) AÑOS y SEIS (6) MESES (…)”. 2. ADMITE la demanda de nulidad. 3.- PROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar. En consecuencia, se suspenden los efectos del acto administrativo contenido en la Resolución Nro. 01–00–000152, de fecha 8 de agosto de 2014, emanada de la Contralora General de la República que acordó como sanción la “(…) Inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas, por un período de SIETE (07) AÑOS y SEIS (6) MESES (…)”, hasta tanto se dicte la decisión de fondo que resuelva el mérito de la presente controversia.” VER: 204690–01169–301017–2017–2015–0872.HTML

ESA MEDIDA CAUTELAR NO ESTÁ FIRME, nunca se supo que la citada decisión provisional, no de fondo, no definitiva, hubiese llegado a ser confirmada por sentencia posterior por lo que la actuación política del señor Manuel Rosales está pendiente, de modo que si al jefe de los “magistrados” de la Sala se le ocurre revocarla, hasta allí llegaría la actividad política del ahora gobernador del Zulia, y quieren hacer eso con María Corina.

ESTE ES EL ACUERDO DE BARBADOS
El caramelo envenenado de ese documento está en el punto 4C donde quien ejerza el amparo contra la habilitación se compromete a acatar lo que decida el tribunal que -como se sabe- está bajo férreo control del gobierno. Esto implica que si la sentencia le niega la rehabilitación a María Corina ella quedaría definitivamente fuera de la contienda electoral sin derecho a protestar, ni contar con recurso judicial ni político alguno. Esto es inaceptable, la abrumadora mayoría, los millones de venezolanos que la aprobamos a ella como depositaria de la voluntad de hacerla presidente de la república no podemos admitir que tres personas nombradas por la inconstitucional asamblea nacional, asuma el poder de decidir el destino de la participación política de ninguna persona en general, y de la señora Machado en particular, nos negamos a ello.

Llama la atención que el Dr. Gerardo Blyde, conocedor a fondo de la realidad judicial que hay en Venezuela, haya puesto su firma en ese papel comprometiendo con ello de manera absurda la voluntad del pueblo.

Otra cosa sería si por ejemplo, como árbitro se hubiera constituido un tribunal especial interno o externo, integrado por personas de reconocida independencia, dueños de credibilidad y sapiencia nada de lo cual está en quienes en este caso se pretende depositar tanta confianza.

Pero es que además de las anteriores consideraciones observamos que no hay, no existe acto administrativo alguno contra el cual recurrir, lo que se esgrime para suprimir el derecho personal de María Corina Machado para ejercer los derechos políticos que la constitución le confiere es un abusivo pronunciamiento emitido por un empleado del gobierno, sin previo trámite, sin proceso alguno donde la afectada pudiera haber ejercido su derecho a defenderse, además de groseramente fuera de la realidad.

No Dr Gerardo Blyde, no aceptamos ese absurdo acuerdo de Barbados.
 
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FUENTE: >>https://carlosramirezl3.medium.com/barbados-el-caramelo-envenenado-12a0ec114247

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