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lunes, marzo 04, 2024

Infravalorados

Por: Gonzalo Oliveros Navarro

Esa es la impresión que pareciere producir en la generalidad de las personas, el que los Estados vulneren derechos humanos distintos a la vida o al debido proceso, impresión esta que se desprende de la ausencia de reacción ante dicha vulneración.

En Colombia, con motivo del procedimiento masivo de anulación de registros civiles de nacimiento y cancelación de cédulas de ciudadanía, que afectó a más de 43 mil personas según lo ha certificado la Corte Constitucional a través de las sentencias T 183 y T 419 del año 2023, las personas a las cuales se privó de su nacionalidad quedaron convertidos en migrantes irregulares –cuando no en apátridas- e impedidos por esa circunstancia de trabajar, estudiar y acceder plenamente a salud, o a movilizar sus cuentas y propiedades y a enfrentar un eventual proceso judicial que conlleva penas de cárcel, adicionalmente a multas y eventual destierro de Colombia por la vía de expulsión o deportación del país. 

Eso, que uno creería debería haber llamado la atención de autoridades de toda índole, no ha sido así. La medida se ha quedado reducida al conocimiento de los afectados y algunas personas –naturales y jurídicas- dedicadas a la atención de los derechos humanos, lo que no deja de ser llamativo. 

El actual gobierno de Colombia,  con razón, reaccionó escandalizado cuando el señor Ortega en Nicaragua, anuló la nacionalidad a cerca de 300 personas y esa reacción se materializó en el reconocimiento de colombianos por adopción de algunos de ellos, para evitarles así probablemente la apatrídia; sin embargo, tanto esa administración como la que la precedió, ninguna declaración emitieron cuando la Registraduría Nacional del Estado Civil, le anuló la nacionalidad y cédula de ciudadanía a ese ingente número de personas –más de 43 mil- que previamente señalé, lo que resulta cuando menos, llamativo.

La gran mayoría de los afectados por la decisión colombiana son personas del común; que se sepa, no hay uno solo prestante. Su única falta fue la de que sus padres o a quienes conforme a la ley correspondía, no hicieron la respectiva declaración respecto del nacimiento, dentro del mes siguiente al mismo. Se les sancionó entonces por el hecho de un tercero, con vista a la circunstancia que, a juicio de la administración, cuando extemporáneamente hicieron la declaración, presentaron documentos o testigos falsos.

Probablemente dentro de los afectados por la medida registral habrá alguno que incurrió en esa actuación. Sin embargo, nos consta que más de 300 personas, que son los casos que personalmente hemos analizado y cuyas cédulas hemos recuperado, no lo hicieron y respecto de ellos, no hay reconocimiento del Estado de su error, salvo el de restituir la nacionalidad que en derecho les correspondió. 

La Organización de las Naciones Unidas aprobó el año 2005 el acuerdo denominado “Principios  y  directrices  básicos  sobre  el  derecho  de  las  víctimas  de  violaciones, manifiestas de las normas internacionales de derechos  humanos  y   de  violaciones  graves  del  derecho  internacional humanitario a interponer recursos y obtener reparaciones”.

Conforme al mismo, las víctimas de tales violaciones tienen tres derechos, a saber: el que se les restituya el derecho conculcado, el que se les indemnice por lo ocurrido y el que se les otorgue una medida de satisfacción. Colombia, a la fecha, solo ha restituido la nacionalidad conculcada y ello, en la mayoría de los casos que hemos manejado –que es de los que en propiedad podemos opinar- solo después de incoarse una acción de tutela, nunca voluntariamente.

A pesar de que la Corte Constitucional, en la citada sentencia T 419 de 2023,  reiteró el criterio que plasmó en la sentencia T 183 referida en el sentido de que la Registraduría Nacional del Estado Civil había violado el debido proceso de las personas a las que a través de ese procedimiento masivo de cancelación, se anuló el registro civil de nacimiento, no ha adoptado, institucionalmente, decisión resarcitoria alguna respecto de los afectados por la medida, ni ningún dirigente político de importancia, cualquiera sea su ámbito de actuación, ha manifestado opinión alguna respecto de la medida.

Los derechos humanos son parte integrante de nuestra vida; tal como en alguna ocasión precedente lo he señalado, los mismos están sujetos a ataque diario de los órganos del Estado y ello obliga a quienes son afectados por las decisiones de este y a las personas e instituciones que los defienden, a persistir incansablemente en su defensa. 

@fundacion2pais1 @barraplural

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FUENTE: >>https://www.gacetaregional.com/sitegr/infravalorados/

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