*EL RÉGIMEN TIEMBLA, y la Asamblea Nacional burla el Acuerdo de Barbados, para tratar de inhabilitar a Maria Corina Machado. Ahora tendrán que enfrentar a la Justicia Internacional*.
*Han transcurrido mas de 5 años, desde que la Sra. Fatou Bansouda, Fiscal de la CPI, el 8 de febrero de 2.018, abrió el Examen Preliminar de la investigación en la Situación Venezuela 1, por crimenes de lesa humanidad*.
*A pesar de que se presume quienes son los criminales, aún no se conocen los nombres de los imputados*.
*Quienes resulten acusados, deberán de pleno derecho, renunciar a sus cargos, y Venezuela logrará su libertad*.
Llegó el momento de tomar decisiones, ahora la pelota está en manos del Fiscal ante la Corte Penal Internacional (CPI), y está en juego el prestigio sobrevivencia y eficacia de la Justicia Internacional.
Lo que procede entonces, como paso siguiente conforme a los articulos 15, 60 y 61 del Estatuto de Roma de la CPI (E.R),es que el Fiscal de la Corte Karim Khan , solicite formalmente la apertura del Juicio, presentando la acusación formal, con la solicotud de la Orden de Comparecencia, o la Orden de Detención, de los imputados, ante la Sala de Cuestiones Preliminares de la Corte, con sus nombres, por su vinculación con los crimenes cometidos.
Por su parte, el Fiscal no tiene más excusas, por lo que debe presentar su querella, con urgencia (Art.60- 4° del E.R), con los siguientes requisitos: Nombre, referencia de los crimenes, descripción de los hechos, y las pruebas que tiene.
Conforme al articulo 61, la Sala de Cuestiones Preliminares, deberá fijar audiencia para confirmar los cargos, con o sin la presencia de los imputados. Si se confirman los cargos, asignará el caso a una Sala de Primera Instamcia, para que se inicie el Juicio.
*LOS FUNCIONARIOS CRIMINALES ACUSADOS, QUEDARÁN SUSPENDIDOS DE SUS CARGOS*.
Si esto ocurre, conforme al artículo 380 del Codigo Organico Procesal Penal, norma aplicable al caso, el cual reza: "Cumplidos los trámites necesarios para el enjuiciamiento, el funcionario quedará suspendido e inhabilitado, para ejercer cualquier cargo público durante el proceso".
Esta norma del derecho interno, debe aplicarse como supletoria, conforme al articulo 21 del E.R y 23 de la Constitucion Nacional, y los funcionarios públicos implicados, quedarán de pleno derecho suspendidos de sus cargos.
Aristóteles expresó: "Hombres separados de la ley y la justicia, se han convertido en animales ".
*LOS VENEZOLANOS ESPERAMOS, SE HAGA JUSTICIA*.
(*) Coronel.(GN); Abogado,Doctor en Ciencias Jurídicas, Mención Derecho Penal, y Presidente del Movimiento Defensores Populares (DPR), en defensa de los Derechos Humanos.
Déjanos saber tu opinión en los comentarios más abajo y no olvides suscribirte para recibir más contenido sobre noticias
FUENTE: >>Hidalgo Valero
Si quieres recibir en tu celular esta y otras noticias de Venezuela y el mundo, descarga Telegram, ingresa al link Https://t.me/NoticiaSigatokaVenezuela.
REDES: Twitter: @SigatokaNegra1 ; Instagram: @sigatokanegra ; Canal Telegram: @NoticiaSigatokaVenezuela ; Email: sigatoka.negra@yandex.com ; Tumblr: sigatokanegra

No hay comentarios:
Publicar un comentario
GRACIAS POR EMITIR TU OPINIÓN
Todos los contenidos publicados en este sitio web son propiedad de sus respectivos autores. Al utilizar este sitio web afirmas tu aceptación sobre las Condiciones de uso, la Política de privacidad, uso de cookies y el Deslinde de responsabilidades legales.