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miércoles, diciembre 10, 2025

10Dic el presidente de EE.UU. @realDonaldTrump anunció durante una mesa redonda en la Casa Blanca la incautación de un petrolero venezolano frente a las costas de Venezuela

10Dic el presidente de EE.UU. @realDonaldTrump anunció durante una mesa redonda en la Casa Blanca la incautación de un petrolero venezolano frente a las costas de Venezuela, describiéndolo como “el más grande jamás incautado”. La operación fue ejecutada por la Guardia Costera y la Marina de EE.UU., esto debemos enmarcarlo en la escalada de tensiones con el gobierno de Nicolás Maduro, a quien Washington acusa de narcoterrorismo.

El buque, sería parte de la flota utilizada por Petróleos de Venezuela (PDVSA) para transportaba el crudo venezolano; aparentemente ‘no tenía bandera’, lo que facilitó la acción judicial. La incautación podría estar en marco de las sanciones 
 impuestas por EE.UU. contra Venezuela desde 2017, administradas por la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro. 

Sostendría que esas medidas permiten interceptar y confiscar activos relacionados con entidades sancionadas, como PDVSA, bajo el argumento de que violan restricciones financieras y comerciales destinadas a presionar al régimen de Maduro.  Hay que revisar y consultar los especialistas:

•  Orden Ejecutiva 13808 (2017): Prohíbe transacciones con deuda o equity emitida por PDVSA o el Gobierno venezolano después de agosto de 2017, y restringe el comercio de bonos previos.
•  Orden Ejecutiva 13850 (2018): Autoriza sanciones contra personas o entidades que operen en el sector petrolero venezolano, incluyendo directamente a PDVSA desde enero de 2019.
•  Orden Ejecutiva 13884 (2019): Bloquea la propiedad del Gobierno de Venezuela y entidades controladas por él, extendiendo el alcance a activos marítimos como tanqueros. 

Esto “Podría ser lo que  justifica incautaciones en aguas internacionales si involucran bienes sancionados” ¿Qué opinan?

Estas órdenes (ejecutivas) se enmarcan en la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional que permite al presidente actuar contra amenazas a la seguridad nacional. La OFAC ha emitido licencias generales (como la 40D en julio de 2025) para excepciones humanitarias, pero revocado otras (como la 41 en marzo de 2025 para Chevron), endureciendo el control sobre exportaciones de crudo. La acción de hoy pretenden ser presentada como una “acción judicial contra un buque sin bandera” atracado.  En esencia, significa una intensificación de la presión económica: complica las exportaciones de petróleo venezolano, podría eleva los precios globales del crudo y disuade a transportistas extranjeros por temor a sanciones secundarias.

Venezuela enfrenta opciones limitadas debido al poder asimétrico de EE.UU., pero puede responder en múltiples frentes. “El gobierno de Maduro ya ha calificado la incautación como una “amenaza directa a la soberanía” y un intento de apoderarse de las reservas petroleras.

Podría:
•  Denunciar la acción ante la ONU (Asamblea General o Consejo de Seguridad) como “piratería de Estado” y violación del derecho internacional, invocando la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (UNCLOS), que protege la navegación en aguas internacionales.
•  Movilizar aliados en América Latina vía CELAC o ALBA para una “unidad regional” contra intervenciones
•  Presentar un caso ante el Tribunal Internacional del Derecho del Mar (ITLOS) por presunta violación de soberanía marítima, argumentando que la incautación en aguas cercanas a Venezuela infringe la jurisdicción exclusiva.
•  Demandar ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) por uso abusivo de sanciones extraterritoriales, alegando violación de tratados bilaterales o el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

En resumen, la defensa venezolana priorizaría lo diplomático para ganar tiempo y legitimidad internacional, mientras se prepara para otras escaladas.

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FUENTE: >>https://x.com/anibalsanchezof/status/1998873569543983538?s=46

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