Estimados integrantes de la oficina para Venezuela del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH):
Ante el anuncio realizado por la Presidenta encargada Delcy Rodríguez sobre la entrega de una lista de personas excarceladas al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), para su verificación, manifestamos que acogemos esta información con la expectativa de que se materialice de forma amplia, transparente y conforme a los estándares internacionales de derechos humanos aplicables a las personas privadas de libertad por razones políticas.
Sin embargo, consideramos necesario formular las siguientes observaciones y alertas.Uso instrumental del sistema internacional de protección de derechos humanos. ONU
El anuncio no responde, hasta ahora, a una estrategia orientada al cumplimiento integral de las obligaciones internacionales del Estado venezolano con el SIPDH-ONU, ni al cese de las violaciones sistemáticas contra personas detenidas y desaparecidas por motivos políticos. Por el contrario, evidencia un uso instrumental del sistema y sobre todo de la OACNUDH, orientado a proyectar una imagen de cooperación sin compromisos estructurales verificables.
Presentar una lista de excarcelaciones como resultado de una supuesta cooperación institucional, relegando al ACNUDH al papel de validador de excarcelaciones aisladas, sin implementar reformas sustantivas, resulta inaceptable y muy riesgoso.Respeto a la labor de la sociedad civil
La figura del ACNUDH no puede ser utilizada para criminalizar, estigmatizar o desacreditar la labor legítima de las organizaciones de derechos humanos y de los comités de familiares de víctimas.
Esta práctica es contraria a los principios de participación, contraloría social y protección de defensores y defensoras de derechos humanos, especialmente en un contexto marcado por la opacidad, la persecución y graves vulneraciones a la vida, la libertad y la integridad personal.Lista de excarcelaciones de presos políticos, no generales.
Un hecho fundamental es que la entrega de una lista de excarcelaciones implique el reconocimiento por parte del Estado venezolano de la existencia de personas presas por motivos políticos, por lo que no es aceptable un listado que mezcle casos de delitos comunes, narcotráfico u otras diversas causas penales, diluyendo deliberadamente la naturaleza política de muchas detenciones.
Frente a constante negación oficial de la existencia de presos políticos, una lista de excarcelaciones no pormenorizada por razones políticas sería mantener la práctica, la negación de derechos y la revictimización haciendo copartícipe al propio ACNUDH de esa narrativa, debilitando no sólo la verificación independiente sino la acción de opacidad e indefensión frente a la existencia aún de cientos tras las rejas y/o en desaparición forzada y de los miles de excarcelados con procesos penales abiertos y con restricciones de derechos.Centralidad de las listas en personas presas y desaparecidas
La prioridad no debe centrarse en listas de excarcelaciones, sino en la publicación de registros completos, públicos y verificables de personas privadas de libertad por razones políticas y en desaparición forzada.Personas privadas de libertad por razones políticas.
Personas en situación de desaparición forzada.
La propia Oficina del ACNUDH ha reconocido las limitaciones existentes para verificar estas cifras en ausencia de cooperación real del Estado. Junto a cualquier lista de excarcelaciones, resulta indispensable contar con un registro o listado público de personas detenidas por razones políticas, que permita también a organizaciones y familiares su verificación de:Ubicación real de las personas detenidas.
Condiciones de salud.
Requerimientos médicos urgentes.
Situación jurídica.
Acceso efectivo a defensa legal.
Acceso efectivo a sus familiares.
Verificar que excarcelados son presos políticos.
Sin esta información, las excarcelaciones y liberaciones seguirán siendo discrecionales, opacas y altamente riesgosas para la vida y la integridad de las personas que permanecen detenidas.Una verificación de la OACNUDH no de listas sino del impacto en materia de garantías y respeto a los DDHH para personas privadas de libertad y excarceladas:
Cese de las desapariciones forzadas. Un registro oficial obligaría al Estado a poner fin a la práctica de desaparición forzada, garantizando la localización inmediata, el monitoreo permanente y la protección de todas las personas detenidas.
Prevención de violaciones a derechos humanos en centros de detención. La verificación internacional contribuiría a prevenir: Restricciones arbitrarias sobre el conocimiento del paradero; Obstáculos a visitas familiares; Limitaciones al acceso a abogados y expedientes; Retardos procesales injustificados; Torturas y tratos crueles, inhumanos o degradantes; Muertes bajo custodia.
Cese de amenazas y obligación de mecanismos de encubrimiento institucional forzado. Ninguna persona privada de libertad debe ser coaccionada y forzada a renunciar a la verdad, la justicia y la reparación a cambio de su excarcelación.
Avance hacia una amnistía general de presos políticos, una lista amplia, actualizada y verificable permitiría impulsar procesos de amnistía para los cientos de miles de personas criminalizadas por razones políticas durante casi 3 décadas.Las excarcelaciones no sustituyen la justicia.
Las listas de personas excarceladas no sustituyen la obligación del Estado de cesar las violaciones estructurales, incluyendo: Detenciones arbitrarias; Desapariciones forzadas; Torturas y malos tratos; Criminalización de la disidencia; Negación del debido proceso; mantener juicios abiertos y restricciones amplias de derechos para excarcelados.
La OACNUDH debe verificar el respeto a los derechos humanos no hechos aislados. Verificar transformaciones institucionales sostenidas de cese de patrones sistemáticos de violaciones derechos humanos contra personas que disienten y son víctimas de privación de libertad y/o desaparición forzada.Lecciones del pasado y condiciones para una cooperación genuina
Las experiencias previas demuestran que una cooperación basada en la opacidad, el silencio y las restricciones operativas ha sido un fracaso y ha debilitado la protección de las víctimas. Sus consecuencias son evidentes. El ACNUDH, no debe recaer y retomar prácticas que privilegien intercambios esporádicos de comunicación con las autoridades sobre la transparencia y la protección real de la población.
Evitar el uso instrumental de la OACNUDH requeriría un compromiso real, amplio e inmediato de renovar sus competencias en el país de forma amplia y sin restricciones; así como la firma de un Memorándum de Entendimiento Público, que incorpore un cronograma claro y mecanismos verificables de cumplimiento.
Este proceso de verificación debe contemplar el retorno pleno de personal renovado, capacitado y con amplias capacidades operativas, que pueda ejercer una verificación in situ de personas privadas de libertad y excarceladas sin interferencias en todo el territorio nacional.
Por tanto, reiteramos que:
No es compatible con los estándares de derechos humanos validar listas de excarcelaciones de forma privada, reservada ni oculta. La lista de personas excarceladas y las privadas de libertad debe ser pública, detallada, amplia y verificable, con participación de familiares, comités de víctimas y organizaciones.
La protección de los derechos humanos no puede reducirse a actos simbólicos ni a mecanismos de legitimación política. Mientras no exista información pública, verificada y accesible sobre todas las personas privadas de libertad por razones políticas y sobre las víctimas de desaparición forzada, persistirá un sistema marcado por la arbitrariedad, la vulnerabilidad y la impunidad.
La comunidad internacional, el ACNUDH y el Estado venezolano tienen la responsabilidad de priorizar la verdad, la transparencia, la rendición de cuentas y la reparación integral de las víctimas por encima de cualquier cálculo político.
Atentamente:
Laboratorio de Paz
labpaz.org
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