*_“Como amo la libertad tengo sentimientos nobles y liberales; y si suelo ser severo, es solamente con aquellos que pretenden destruirnos…”_ Simón Bolívar*
La llegada de la señora Laura Farnsworth Dogu a Venezuela, investida de la alta representación de los Estados Unidos, convoca a la reflexión sobre los deberes que la diplomacia moderna impone a quienes portan la voz de una nación ante realidades alto complejas como la que vivimos por estos lares. Teniendo presente que su trayectoria previa, notable en la defensa de los derechos humanos, por ejemplo, en Nicaragua, sugiere una sensibilidad hacia las causas justas, hoy la urgencia de nuestra situación en Venezuela exige que esa gallardía de la recién Encargada de Negocios, o sea, esa combinación de valor y distinción en el actuar, se manifieste con particular firmeza en un asunto de innegable y profunda gravedad jurídica y moral.
Me refiero, sin rodeos, al caso de los hermanos Juan Bautista, Rolando de Jesús y Otoniel José Guevara. Señora Laura Dogu, es imperativo que su Despacho atienda la sentencia emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en octubre de 2025, la cual declaró la “responsabilidad internacional” de la República Bolivariana de Venezuela por las desapariciones forzadas que sufrieron en noviembre de 2024, así como por la tortura física (con presencia de fiscales del Ministerio Público venezolano) y psicológica infligida durante ese cautiverio, que se extendió en sedes de organismos de seguridad tanto en Caracas como en el interior del país, hasta simular su supuesto rescate en un rincón apartado del Estado Carabobo. Hecho cuestionado, al igual que el proceso judicial subsecuente, incluso por la legación diplomática que hoy está a su cargo en informes enviados al Departamento de Estado sobre tales incidencias.
Señora Laura Dogu, la Corte IDH no solo constató la violación del deber de investigación (algo común en nuestro Ministerio Público y sus órganos auxiliares), sino que también señaló la contravención del principio de presunción de inocencia mediante una prisión preventiva impuesta de manera ilegítima (teniendo el privilegio de ser los primeros en experimentar en esa práctica institucionalizada a posteriori). Más aún, el fallo evidenció la violación de la garantía judiciales y la configuración de una cosa juzgada fraudulenta, elementos que, en sí mismos, viciaron todo el proceso penal subsiguiente. No obstante, los Guevara, como se les conoce, llevan 21 años en prisión, demostrando ese hecho que su caso, como tantos otros, es político, como lo sugiere igualmente recientes alusiones altisonantes al mismo por parte de altos funcionarios del régimen.
Señora Dogu, la Corte IDH actuando en el marco del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, al cual Venezuela está vinculada por tratados como la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Persona, como lo admite la misma jurisprudencia venezolana, ordenó al Estado venezolano la inmediata liberación de los hermanos Guevara. Como usted bien sabe, esta orden no es una sugerencia política, implica el acatamiento de un fallo supranacional que busca desmantelar la impunidad, que como usted habrá podido percibir pretende pasar la página con un instrumento jurídico, la Ley de Amnistía.
Me permito precisar, que el Derecho Venezolano es claro al respecto: la Constitución prohíbe a cualquier autoridad pública tolerar la desaparición forzada (que, en el caso de los Guevara, se repitió a mediados del año pasado, al ser trasladados desde su sitio de reclusión, El Helicoide, con destino desconocido y negado por las autoridades por espacio de tres meses) y la legislación nacional establece que ese delito es continuado y sus responsables no pueden gozar de beneficios como la amnistía. Por tanto, respetada Señora Dogu, la persistencia en la detención de los Guevara, a pesar de la sentencia internacional en referencia, constituye una desobediencia abierta a los compromisos asumidos por la República y una agudización del agravio a la familia de ellos, especialmente a la Dra. Jackeline Sandoval, cónyuge de Rolando, quien ha sostenido esta lucha por más de dos décadas, llegando al extremo de que la jueza de la causa desconozca su cualidad solo por entorpecer la notificación de la sentencia de la Corte IDH a ese órgano jurisdiccional y, altamente preocupante, para negarse a proporcionar información sobre el paradero de los Guevara a mediados del año pasado.
La trascendencia de su acción en este caso específico no puede ser subestimada. Su pronunciamiento, o la gestión discreta pero efectiva que impulse la liberación de estos inocentes, se erigirá como un hito de integridad diplomática. No se trata solo de abogar por la libertad individual, sino de exigir el respeto a la jerarquía normativa internacional y la observancia del derecho a la verdad y a la justicia, pilares esenciales para cualquier camino hacia la reconciliación nacional que se nos ofrece con una Ley de Amnistía que precisamente quiere dejar de lado casos como el de los Guevara, con claras evidencias de la manipulación de la administración de la justicia, por no decir, con probada instrumentalización del sistema de administración de justicia con fines políticos, particularmente de persecución y retaliación. Este último y reprochable accionar ostensible en el caso que nos ocupa, por cuanto los Guevara actuaron decididamente contra la intentona golpista que nos trajo a la erosión total del Estado de Derecho en Venezuela.
Esperamos que, con la misma vehemencia con la que usted ha señalado injusticia en otros escenarios regionales, no muy lejos de nuestro país, ejerza su influencia para que el Estado venezolano acate sin dilación la sentencia de la Corte IDH. Lo esperamos así, Señora Dogu, porque la justicia para los Guevara es un termómetro de la voluntad política para superar las prácticas de terrorismo de Estado y las violaciones sistemáticas que el propio sistema legal venezolano ha reconocido como crímenes de lesa humanidad. Si llegara a dudar de esta última afirmación, le sugiero leer la sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia del 21 de judío de 2022, Expediente N° 16-0868. Por todo lo anterior, rogamos que su gestión se traduzca en la liberación inmediata de los hermanos Guevara, honrando así los principios de legalidad y respeto a los derechos humanos que su nación defiende.
Cualquier información o sugerencia por robertveraz@hotmail.com robertveraz@gmail.com grsndz629@gmail.com o bien por mí teléfono 0414-071-6704 y 04141574645. Además pueden leer esta columna en mí página Web: https://robertveraz4.webnode.es/ y sigan mis comentarios y opiniones por @robertveraz en twitter e Instagram. Pueden ver mis videos en YouTube: Tips de @robertveraz. ¡Hasta la próxima semana, Dios bendiga a Venezuela!
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FUENTE: >>Robert Alvarado
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