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sábado, julio 04, 2020

NUEVA LEY DE HIDROCARBUROS EN VENEZUELA - MOTIVOS PARA UN CAMBIO

05 de Mayo del 2020

La industria petrolera nos ha enseñado a la sociedad venezolana, que su desarrollo de más de 100 años de historia, ha generado ingentes flujos de divisas, producto de la RENTA de su producción y comercialización, los cuales fueron administrados de manera INEFICIENTE, IRRESPONSABLE e INFECUNDA.

Desde la explotación del pozo Zumaque I de Mene Grande, del Estado Zulia, siendo este, el primer pozo productor de petróleo en territorio venezolano en 1914, hasta el desarrollo del campo costa afuera Perla en 2015 en la península de Paraguaná del estado Falcón. Son 100 años, de contar con una base de recursos financieros utilizados para crear un estado rico y poderoso, que se diferencia y distingue de una nación pobre y
atrasada.

El balance de el estado como administrador de la riqueza petrolera es simplemente NEGATIVO, no existe otra apreciación en el sentido y dirección de lograr los objetivos fundamentales de la nación (1):

a. Desarrollar una economía productiva que fortalezca el signo monetario
c. Crear excedentes financieros ( Ahorros ) para amortiguar los ciclos económicos de recesión
d. Consolidar el bienestar de los ciudadanos en libertad y paz.
e. Proteger y enaltecer el trabajo y la seguridad social
f. Garantizar los derechos individuales y sociales
g. Sustentar el orden democrático
h. Acrecentar el patrimonio moral de la nación a partir de una educación extendida y de calidad.

En cada una de estas áreas de dimensión moral, política, económica y social la evaluación de resultados es deficiente para lo correspondiente a la nación. Por el contrario, la centralización de la administración de la renta en manos del estado, ha devenido en el desarrollo de corrupción, populismo, privilegios no ganados, nepotismo, estafas laborales, estafas patrimoniales, diplomacia despilfarradora e incluso en años recientes como instrumento adverso al orden democrático.

Programa Primer Plano 1997 (6)

En el transcurso de los últimos 100 años, la renta petrolera ha sido manejada de manera CENTRALIZADA por diversos regímenes políticos: dictaduras unos y demócratas otros, y los resultados no difieren en su déficit de fraternidad. Solo un pequeño grupo de allegados al poder, logra obtener los mayores beneficios económicos de la riqueza petrolera, en desmedro de una mayoría que transita su destino por un país, no solo arruinado en sus bases económicas, sino deficitario cada vez mas en sus bases morales.

Existen 3 fuentes de recursos financieros, derivados del desarrollo de la actividad de explotación petrolera, los cuales representan los intereses de los actores que participan en el sector, a saber :

1, La regalía minera: Es una contraprestación económica establecida por ley, mediante la cuál los titulares (también concesionarios) de concesiones mineras están obligados a pagar mensualmente al dueño del recurso por su explotación. En este caso el petroleo. Su determinación es un porcentaje de la producción de la mina. La ley de Hidrocarburos del 2006 (2) establece en su artículo 44 un 30% de la producción. Para el explotador del yacimiento representa un costo, que afectara su decisión de inversiones futuras.

Es fundamental aclarar que la regalía se incrementa en su valor absoluto, solo en la medida en que la relación entre el precio y la producción sea incrementada. Es decir esta directamente relacionada a los ingresos de la explotación de los yacimientos.

2. La utilidad financiera: Es la diferencia entre egresos o gastos incurridos e ingresos por las ventas de la actividad petrolera. La utilidad es lo que obtenemos al restar todos los costos y gastos de los ingresos, representa el beneficio o ganancia que se obtiene. Esta, debe compensar las inversiones en maquinarias, planta y equipos efectuadas para el desarrollo de la actividad.

La utilidad financiera tendrá como objetivo, compensar a los propietarios del capital, en forma de dividendos, así como, fuente de reinversión para futuros reemplazos de equipos y/o maquinaria.

3. El impuesto sobre la Renta: Es un tributo o pago obligatorio a las autoridades que grava sobre la utilidad obtenida por parte de los contribuyentes, pagado por las empresas jurídicas, en este caso particular, la empresa del estado o las empresas privadas dedicadas a la explotación petrolera. A lo largo de un año fiscal. Este impuesto está destinado al financiamiento del gasto público del estado. Para el caso de las actividades petroleras la ley de impuesto sobre la renta establece el 50%.

Se nos presenta así hoy, la oportunidad de transformar los cimientos de la sociedad venezolana, a partir de una nueva ley de hidrocarburos, que modifique estructuralmente las relaciones de administración de la renta que ha caracterizado su industria petrolera. Se requiere modificar las relaciones de Estado – Lo Publico – Lo Privado.

Existen tres formas de calificar la propiedad de las empresas y de los recursos naturales que definen las relaciones e intereses de la industria petrolera : (3):

1) Empresas del Estado: Son aquellas empresas en las cuales el estado tiene, directamente, la mayoría de su capital y, por lo tanto, toma las decisiones gerenciales, tanto en la estructura de su capital como en la distribución de sus beneficios ( Utilidades)

2) Recursos Públicos (Nacionales): Son aquellos que, por su origen y distribución geográfica pertenecen a todos los venezolanos, dentro de esta categoría, por su puesto caen los yacimientos de petróleo y gas nacional. De su explotación normalmente se grava una REGALIA o impuesto de explotación. La cual le corresponde a cada venezolano.

3) Empresas Privadas: Aquellas donde el sector privado, nacional o extranjero, es dueño del capital, y ,dentro de un marco legal establecido, es dueño de las decisiones administrativas, que incluyen las inherentes al destino de sus UTILIDADES y beneficios económicos.

Al día de hoy, la industria petrolera la podemos caracterizar por el desarrollo económico de un recurso (el petroleo) Público (le pertenece a todos los venezolanos), el cual esta siendo explotado por una empresa del Estado : Petróleos de Venezuela S.A ( PDVSA).

En los últimos 100 años Venezuela solo hay un elemento que no ha cambiado en la configuración de la explotación de los yacimientos petrolero: El estado se abroga la administración de la REGALIA o impuesto de explotación de los yacimientos petrolíferos, la cual, como referimos anteriormente, pertenece a todos y cada uno de los venezolanos.

A partir de 1975, la élite política decidió que solo a través del estado se podría explotar los yacimientos petrolíferas, y procedió a confiscar los activos de 14 empresas de capital privado internacional y 3 empresas de capital privado nacional, para ser administrado inicialmente por el mismo numero de empresas estadales y finalmente converger en una (1) empresa estadal: PDVSA petroleo y Gas. Con ello se apropió de la UTILIDAD financiera que generaban las empresas privadas, producto de la explotación de los hidrocarburos. Pero igualmente se apropió, de la necesidad de las inversiones intensivas que demanda la industria, para su crecimiento.

Esta adquisición del estado venezolano en 1975 de los activos de la industria petrolera, produjo que el 80% de la inversión bruta de capital fijo del país, quedara en manos del estado, y el restante 20% en manos del sector privado. Esta relación no volvió a reconfigurarse y a la postre, llego a encontrarse en condición de minusvalía en proporción al estado.



Figura Nº 1. Capital privado y público: Venezuela 1920-2005

Esta condición de SUPREMACIA estadal, representada por el manejo de una industria que genera más del 95% de las divisas que entran en la economía, producto de las exportaciones de petroleo y sus derivados, trastocó las relaciones de influencia del estado sobre los demás actores del sistema político del país (Empresas privadas, universidades, iglesias, medios de Comunicación, ONGs, gremios profesionales, fuerzas armadas y los partidos políticos de oposición). Los cuales se encuentran bajo una relación de servidumbre y/o vasallaje. (4)

Ninguna actividad productiva formal va a invertir capital privado nacional y menos el internacional, en un territorio donde el estado, por su condición de primacía o preeminencia económica, desarrolla políticas de control de precio, control monetario, control arancelario etc. adversas al espíritu de la libre competencia.

El estado bajo la condición de SUPREMACÍA, dejó de interesarle y preocuparle el fomento de la empresa privada, que satisfaga las necesidades del mercado de productos y servicios de la población, por el contrario, el estado busca el desarrollo de las IMPORTACIONES, las cuales derivan en una fuente de corrupción de las divisas petroleras. Igualmente, se inventan programas de asistencia social no sustentables operacionalmente, y mucho menos financieramente.

Por las razones antes expuestas, proponemos que la administración de la REGALÍA que le pertenecen a cada venezolano, así como el impuesto sobre la renta de la industria petrolera, sea manejado por un FONDO DE AHORRO de capitalización petrolera, tomando como referencia de esta iniciativa a Noruega. Cuyo fondo petrolero representa un 1% de la capitalización bursátil mundial, representa un 183% del PIB del país, y se ha fijado como objetivo alcanzar el 220% en 2030. (5)

Si el estado quiere con su incompetencia administrativa, explotar directamente y de manera independiente y exclusiva los yacimientos petroleros, que lo haga (1975 con PDVSA). Por otra parte, si por razones de falta de recursos fiscales para invertir y hacer crecer la producción petrolera, decide hacer empresas mixtas y/o asociarse con capital privado, que lo haga (1993 con la Apertura Petrolera). Y finalmente, si luego de su destrucción financiera y abandono de los activos, decide concesionar y emitir licencias para que el sector privado sea quien explote los yacimientos directamente, de manera independiente, que lo haga (2020 con la nueva ley de Hidrocarburos).

Pero en cualquiera de los tres casos, la REGALÍA o impuesto de explotación, y el impuesto sobre la renta de la industria petrolera debe ser AHORRADA y no DESPILFARRADO por el monarca de turno y su camarilla, corro o facción de aduladores rentisticos. Su administración debe servir de instrumento para atacar el SOBREDIMENSIONAMIENTO del estado. El cual, como consecuencia de su necesidad de recursos fiscales procederá por simple gravedad a privatizar las miles de empresas, expropiadas muchas y a preparar un plan de re-estructuración del estado acorde a sus ingresos fiscales producto de la renta de las actividades productivas y comerciales.

Hoy, se requieren hacer en Venezuela las transformaciones políticas de largo aliento en materia petrolera, ya que producto del CAMBIO CLIMÁTICO a la industria petrolera mundial le queda de vida, un ultimo ciclo de 30 a 40 años de demanda, es un ultimo chance de SEMBRAR el petroleo que nos queda, en un fondo de ahorro intergeneracional. Cualquier otra propuesta política, es simplemente más de lo mismo.

Solo adecentado la política, Venezuela saldrá adelante.

@RobnyJauregui

(1) Constitución de la República de Venezuela (1961). Preámbulo Recuperado de http://americo.usal.es/oir/legislatina/normasyreglamentos/constituciones/Venezuela1961.pdf

(2) PDVSA (2006) Ley Orgánica de hidrocarburos Recuperado de http://www.pdvsa.com/images/pdf/marcolegal/LEY_ORGANICA_DE_HIDROCARBUROS.pdf

(3) Quiros C, Alberto (1996) Réquiem para un proceso. Pag. 14

(4) Baptista, Asdrubal (2007) Bases del poder en Venezuela recuperado de https://www.gumilla.org/biblioteca/bases/biblo/texto/SIC2007697_303-305.pdf

(5) Acosta, Alexia (2019) El petróleo y la buena gestión convierten a todos los noruegos en millonarios Recuperado de: http://www.teinteresa.es/dinero/petroleo-gestion-convierten-noruegos-millonarios_0_1063695070.html

(6) Primer Plano (1996) Entrevista a Arturo Uslar Pietri Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=VKDm_r9F-zI

FUENTE:https://ptroleoysociedad.blogspot.com/2020/05/nueva-ley-de-hidrocarburos-en-venezuela.html

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