Gonzalo Oliveros Navarro@barraplural
Es un hecho que el problema venezolano es más político que jurídico.
Lo es también que el señor Maduro ocupa Miraflores, controla el territorio y domina buena parte de los poderes y finalmente, que a pesar de las presiones y exigencias que se le han hecho, aspira continuar como residente del palacio hasta enero del 2025.
También es un hecho que en días pasados anunció él -como mecanismo de recorte de su ocupación- la posibilidad de realización de un referendo revocatorio, de cuyas dos experiencias previas, los
venezolanos algo tenemos por decirle al mundo, lo que nos produce urticaria respecto de su posibilidad de implementación.
La constitución venezolana de 1999 enuncia dentro de los derechos políticos, los medios de participación y protagonismo, como mecanismos de consulta u opinión directa de los
ciudadanos en nuestro país.
Conforme al 70 constitucional, dentro de esos instrumentos destacan el referendo y la consulta popular, precisando el artículo 71 que el primero –cuando es de carácter consultivo- tiene por objeto materias de especial trascendencia nacional.
Creo que el primer referendo consultivo en nuestra tierra ocurrió desde un balcón caraqueño el 19 de abril de 1810 cuando -ante la pregunta del Capitán General Emparan sobre la continuidad de su gobierno- el pueblo reunido en la Plaza Mayor se lo negó, por lo cual él afirmó “pues yo tampoco quiero mando” como lo aprendimos desde la primaria. Así iniciamos nuestra ruta de independencia.
La crisis humanitaria compleja que afecta a Venezuela, agravada por la situación económica mundial, nos obliga a todos a pensar en mecanismos que faciliten su solución. Para que aquélla se resuelva se requiere voluntad política interna para un acuerdo y respaldo internacional del mismo.
En función de éllo, teniendo como parámetros nuestra constitución y la ley, siempre con el objetivo de aportar en lo posible a la recuperación de la democracia, me permito proponer para su discusión: i.- postergar hasta julio del 2021 las elecciones parlamentarias, a los efectos de afrontar de la mejor manera posible la pandemia y en paralelo organizar aquéllas como corresponde, con la presencia de observadores internacionales inclusive; ii.- desistir de los recursos contencioso electoral que tienen trabada la gestión de la Asamblea Nacional; iii.- designar a través de esta de manera consensuada, los rectores del Consejo Nacional Electoral; iv.- realizar –con garantía internacional de cumplimiento- un referendo consultivo el mismo día de la elección parlamentaria, respecto de la continuidad de la presencia del señor Maduro en Miraflores, cuyo resultado obligaría a las partes a proceder en
consecuencia del mismo.
En lo que concierne al referendo, dos precisiones creo de importancia: La primera que para su realización bastaría que para cubrir las posiciones de todos los actores, el sea convocado al unísono –y en los mismos términos- por el señor Maduro y la Asamblea Nacional; la segunda, que el respeto de sus resultados esté avalado por garantes –no mediadores- internacionales, para de esa manera hacer efectivo en la práctica lo convenido.
El gobierno de emergencia nacional requiere de consensos para su implementación. Es obligación de todo ciudadano tratar de que el mismo se concrete. La propuesta enunciada tiene ese objetivo.
FUENTE: https://miamimundo.com/gonzalo-oliveros-navarro-barra-plural/
¿No estas conforme con la noticia? Déjalo saber en la caja de comentarios
¡Tienes que estar REGISTRADO para agregar comentarios!
¡Tienes que estar REGISTRADO para agregar comentarios!
ESTAMOS EN TELEGRAM: https://t.me/NoticiaSigatokaVenezuela
REDES: Twitter: @SigatokaNegra ; Instagram: @sigatokanegra ; Facebook: @sigatokavenezuela ; Email: sigatoka.negra@yandex.com ; Tumblr:sigatokanegra
No hay comentarios:
Publicar un comentario
GRACIAS POR EMITIR TU OPINIÓN
Todos los contenidos publicados en este sitio web son propiedad de sus respectivos autores. Al utilizar este sitio web afirmas tu aceptación sobre las Condiciones de uso, la Política de privacidad, uso de cookies y el Deslinde de responsabilidades legales.