Menu

TRADUCTOR / TRANSLATE

lunes, diciembre 04, 2023

Las INHABILITACIONES no se suspendían el 01 de diciembre, sino que comienza el lapso para que cada inhabilitado demande la suspensión de la suya…

Por Óscar Bohórquez Hurtado

Diciembre 02, del año 2023.

Gerardo Blade acaba de publicar (_creo yo, porque no lo ví antes_) el texto del Acuerdo de Barbados con relación a la suspensión de las INHABILITACIONES electorales.

Muchos creian que al llegar el 30 de noviembre, si el gobierno de Maduro no declaraba que las INHABILITACIONES quedaban retiradas, entonces se reimpomdrian las sanciones económicas.

_*Noooo papá, eso no era así...!!!*

El texto del acuerdo de Barbados (en esta materia)  establece que los INHABILITADOS deberán demandar ante la Sala Político Administrativa del TSJ, un recurso contencioso administrativo en contra de la INHABILITACIÓN establecida por la Contraloría General de la República.

El lapso para demandar fue fijado  entre el 01 y el 15 de diciembre del 2023.

El solicitante, para que su demanda prospere, debe haber cumplido con con "_el deber de honrar y defender a la patria, sus símbolos y valores culturales; resguardar y proteger la soberanía, la nacionalidad, la integridad territorial, la autodeterminación y los intereses de la Nación_, recogido en el artículo 130 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y *además, NO HABER DADO NINGUNA DECLARACIÓN PUBLICA que pudiera ser apreciada como IRRESPETUOSA* en contra de alguna de  las instituciones venezolanas…

Me parece, conforme a esa redacción, que los INHABILITADOS que:

1. hayan llamado a no votar en el REFERENDO,

2. no hayan asistido a votar en el referendo,

3. hayan pronunciado, en sus declaraciones públicas, conceptos irrespetuosos contra las instituciones del Estado (dentro de las cuales están la Presidencia de la República, la Asamblea Nacional y sus autoridades, el Gobierno Nacional, el Consejo Nacional Electoral, etcétera) …

…pudieran ser considerados como que NO CUMPLIERON CON EL DEBER DE DEFENDER LA PATRIA y de RESGUARDAR LA SOBERANÍA NACIONAL, NI LA INTEGRIDAD TERRITORIAL, y consecuentemente, ESA persona INHABILITADA no tendrían ninguna posibilidad de que su recurso contencioso administrativo, ante la respectiva Sala del TSJ, pudiera prosperar, por lo que continuaría inhabilitada para participar en las elecciones presidenciales del 2024, conforme a la decisión de la Contraloría General de la República.

No estoy seguro, pero parece que *allí está la única utilidad del Referendo: Mantener la INHABILITACIÓN* de aquellos que no votaron o llamaron a no votar en el REFERENDO o que  manifestaron, públicamente, ```alguna opinión o calificación irrespetuosa hacia cualquier Institución del Estado.```

Sabiendo, como sabemos, que los magistrados del TSJ fueron escogidos, principalmente, por el alineamiento de su pensamiento con el de los funcionarios del alto gobierno, imagino yo que, en cualquier sentencia que tenga tanta relevancia política, privará esa alineación de pensamiento.

Ojalá que mi SUSPICACIA no haya sido lo que estuvo en la mente de Jorge Rodríguez Gómez y otros miembros del partido de gobierno cuando redactaron ese texto del acuerdo de Barbados y  planificaron el REFERENDO.

*Ojalá me equivoque.*

_*CONSECUENCIA POLÍTICA*_

Pero, si mi suspicacia resultara cierta, entonces, el relajamiento de las sanciones podría mantenerse porque se habrían cummplido los acuerdos de Barbados y, al propio tiempo, se mantendría las inhabilitaciones electorales, y todas las partes firmantes de los acuerdos quedarían complacidos, mientras que los ciudadanos seguidores de alguna de las inhabilitadas quedaríamos frustrados.

_*SI HAY PROTESTAS POPULARES: ESO SERIA VIOLENCIA*'

Esa frustración generaría protestas que serían calificadas como violentas en contra de las decisiones, y esa conducta ya está prevista en el texto de los acuerdos de Barbados como "el  incumplimiento del mismo, lo cual refuerza la fundamentación de la sentencia en su contra..."

_*En todo caso, lo acordado en Barbados como procedimiento es INCONSTITUCIONAL*_

Hay algo adicional que debo decir como abogado,  con relación al procedimiento apuntado en los acuerdos de Barbados: ES INCONSTITUCIONAL, porque viola, flagrantemente, la norma constitucional que indica que las INHABILITACIONES electorales solo pueden existir como pena accesoria a una condena penal.

Adicionalmente, es una aberración jurídica, pretender establecer una reforma procesal (```con requisitos de conducta previa para  demandar```) a través de un Acuerdo Político.

Las reformas legales (dentro de las cuales están las procesales) deben establecerse por la Asamblea Nacional, como actos legislativos (creación de leyes: Iniciativa, debate, promulgación, Ejecutese y publicación en Gaceta Oficial, etcétera)

```¿Será que no había un solo  abogado entre los negociadores de Barbados?```

_*EFECTO ECONÓMICO DEL TEXTO DE BARBADOS*_

En un debate muy nutrido sobre las perspectivas económicas de Venezuela para el año 2024, llegamos a la conclusión de que el próximo año será un año bastante malo en lo económico.

Se verá mucha inflación y un mayor deslizamiento de la tasa de devaluación de la moneda.

Ello debido al aumento de los porcentajes de expansión del dinero de alta potencia por el BCV, que será necesario para aumentar el gasto público en el año electoral conforme a la tradición histórica de Venezuela (todos los gobiernos, no solo de los últimos 23 años).

Pero, con mantenimiento de sanciones, la contracción económica será mayor, en cambio, sin sanciones económicas podremos tener algún respiro por el efecto de las inversiones de las petroleras dispuestas a concretar varios negocios si se mantiene el levantamiento de las sanciones.

_*CON LA TRAMPA REDACCIONAL DE BARBADOS, PUEDEN MANTENER  LAS INHABILITACIONES Y (también) EL RELAJAMIENTO DE LAS SANCIONES*_

Bueno, con la redacción del acuerdo de Barbados en este punto del procedimiento para levantar las INHABILITACIONES pueden lograr las dos cosas al mismo tiempo: mantener el relajamiento de las sanciones con la INHABILITACIÓN de la persona que no cumplió con los requisitos impuestos en la redacción de Barbados.

_*Ahora sí entendí*_  por qué Enrique Capriles Radonsky y otros políticos salieron, está última semana de noviembre, llamado a votar en el Referendo Consultivo del 03 de diciembre...

Jajajaja jajajaja, a veces hay que esperar algunos datos para entender algunas conductas.... jajajaja jajajaja...

Gracias.

Óscar Bohórquez Hurtado.

Deja tu opinión en la caja de comentarios

FUENTE: >>R/S/W

Si quieres recibir en tu celular esta y otras noticias de Venezuela y el mundo, descarga Telegram, ingresa al link Https://t.me/NoticiaSigatokaVenezuela.

REDES: Twitter: @SigatokaNegra1 ; Instagram: @sigatokanegra ; Canal Telegram: @NoticiaSigatokaVenezuela ; Email: sigatoka.negra@yandex.com ; Tumblr: sigatokanegra

No hay comentarios:

Publicar un comentario

GRACIAS POR EMITIR TU OPINIÓN

Todos los contenidos publicados en este sitio web son propiedad de sus respectivos autores. Al utilizar este sitio web afirmas tu aceptación sobre las Condiciones de uso, la Política de privacidad, uso de cookies y el Deslinde de responsabilidades legales.

Responsabilidad

Noticias Sigatoka Venezuela, no se hace responsable de las opiniones expresadas en los artículos, ni de los comentarios emitidos por nuestros lectores, quedando entendido que son de entera responsabilidad de sus autores.