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lunes, julio 01, 2024

PERSPECTIVA

Por: More Rodríguez 
Periodista 

 *Durante el simulacro  trabajadores públicos obligados a seguir  la línea roja* 

Cómo parte del cronograma electoral 2024,  el pasado domingo 30 de junio,  el CNE habilitó centros en todo el país para que los venezolanos pudieran participar en el denominado simulacro electoral, evento previo a las elecciones presidenciales del próximo 28 de julio, a fin de que los electores pudieran familiarizarse con dicho proceso .

Pero, quienes acudieron a esta simulación electoral, a fin de conocer todo lo contemplado para el venidero proceso comicial,  comprobaron, una vez más, que el PSUV tomó el control, a su antojo, de dicho proceso, y no precisamente por la ausencia, en muchos casos, de una representación opositora.

En relación a los funcionarios de la administración pública, éstos aseguraron que desde antes recibieron linea de los distintos despachos gubernamentales para que, obligatoriamente, acudieran a dicho simulacro, siguiendo las instrucciones que los chavistas les darían en los centros.

Bajo esos parámetros, los trabajadores dependientes de los entes del gobierno, recibieron las indicaciones, como hacer colas exclusivas y determinadas para los funcionarios públicos en los centros, hacerse fotografías durante su participación en el proceso y pasarlas;  llenar formularios para dejar constancia de su participación en el evento, entre otras exigencias.

Los seguidores del oficialismo, también desplegaron puntos rojos muy cerca de los centros donde se desarrollaba el simulacro, mostrando abiertamente indumentarias alusivas a su partido, con mensajes y pancartas de  apoyo a su candidato Nicolás Maduro, como pudimos ver en muchos toldos próximos a los lugares donde se realizaba la simulación del sufragio, entre ellos, el ubicado en la subida hacia el sector Canaima de la parroquia Carlos Soublette en el Estado Vargas. 

En esos puntos rojos se registraban, en una planilla, los datos de los participantes en el simulacro. 

Igualmente se observó en los centros y a través de imágenes mediáticas a participantes y representantes de gobierno con vestimenta que promovía al candidato oficialista.

Todas éstas acciones, según los trabajadores públicos que acudieron al evento, eran de carácter obligatorio.

Y es que, aún tratándose de un ensayo electoral, acaso se puede entender que los trabajadores públicos deban ser obligados y humillados, como algunos manifestaron sentirse, en ese proceso real o de prueba, que lleva implícita una decisión, y un derecho que se ejerce de manera libre y ciudadana?

Se puede considerar legal o normal algún tipo de coacción, amedrentamiento o amenazas de retaliación si no se  seguía la línea roja, y que esto significara apoyar al candidato oficialista? 

El 28-J  impondrán  la misma línea roja a los trabajadores públicos? La cumplirán?

Una demostración más de que el régimen y su sistema cercenan la libertad, los derechos políticos y ciudadanos o civiles y de que siguen dispuestos a violentar cualquier normativa y derechos, usando todos los recursos del Estado para intentar favorecer a su candidato con premeditado y perverso ventajismo.

Y aunque algunos estarán pensando que la conducta  inapropiada del régimen no es de extrañar, debemos estar atentos a este tipo de comportamiento durante las elecciones presidenciales del próximo 28 de julio.

Por lo pronto, y vislumbrando un irregular comportamiento del ala oficialista, debemos tener presente lo que la Constitución y las leyes contemplan sobre nuestro derecho al sufragio y sobre los procesos comiciales en general.

Hoy les recuerdo lo que establecen algunos artículos de  la Ley Orgánica de Procesos Electorales:

Artículo 123. El derecho al sufragio se ejerce personalmente en la Mesa Electoral en la que el elector o la electora esté inscrito o inscrita según el Registro. 
Esto refiere el carácter personalisimo del sufragio, el ejercicio individual del voto o que el derecho al sufragio se ejerce personalmente.

Artículo 126: "Ninguna persona puede ser obligada o coaccionada bajo ningún pretexto en el ejercicio de su derecho al sufragio.

 Artículo 128: refiere que los electores ejercerán su derecho al voto en forma individual y no se permitirá que el elector sea acompañado hasta el sitio donde se encuentran los miembros de la Mesa Electoral y el lugar dispuesto para votar. Es decir, la no asistencia obligada para el voto. Excepto los casos especiales por razones contempladas en la Ley.

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FUENTE: >>More Rodríguez 

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