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martes, enero 06, 2026

Ya fue creado el Consejo Nacional de Ciberseguridad.

Aquí les dejo algunos aspectos que deberían considerar en estos momentos de incertidumbre a la hora de difundir contenidos en las redes.

Ya fue creado el Consejo Nacional de Ciberseguridad.

Hay que leer y documentarse más, ya que ahora es cuando se debe ser prudente con lo que se publique en cualquier red, ya que ahora es cuando aplicaría la máxima pena. El desconocimiento de la ley no te exime de responsabilidad, no es cuestión de que se esté o no de acuerdo.

La responsabilidad de los administradores de grupos en plataformas como WhatsApp, Telegram y Facebook en Venezuela es un tema relevante, especialmente en el contexto de la difusión de contenidos que incite al odio o a la violencia.

A continuación, se presentan algunos puntos clave sobre la responsabilidad de los administradores en este contexto:

Responsabilidad de los Administradores de Grupos en Redes Sociales

1- Responsabilidad Legal:
    Los administradores de grupos de WhatsApp,Telegram y Facebook son considerados responsables o complices por el contenido que se publique en sus grupos. Esto incluye mensajes, videos y cualquier otro tipo de contenido que incite al odio, a la violencia o que infrinja las leyes venezolanas.

2- Normativa aplicable:
    Según el marco legal venezolano, los administradores son responsables solidariamente por infracciones a las disposiciones legales y reglamentarias.

3.- La Ley Constitucional contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia, Art. 20
Quien fomente, promueva o incite al odio, la discriminación o la violencia públicamente será sancionado con prisión de 10 a 20 años.
 
La legislación declara al país como un “territorio de paz, contrario a la guerra y la violencia en todas sus formas”.

Consecuencias del Desacato:
Ante la difusión de contenido legal, los administradores tienen la facultad de retirar la membresía a los usuarios que inciten a la violencia o que violen las normas del grupo
Esto es una medida preventiva para evitar problemas legales y mantener el propósito del grupo

4.-Acciones Legales:
    En caso de que un administrador no actúe ante la difusión de contenido ilegal, podría enfrentar acciones legales por parte de las autoridades competentes, como Conatel, M.P o los tribunales de justicia de la República, pudiendo cualquier miembro denunciar el hecho ilícito ante los organos y entes del Estado.

5- Recomendaciones para Administradores
Monitorear activamente el contenido compartido en el grupo
Establecer reglas claras sobre el tipo de contenido permitido
Advertir a los miembros sobre las consecuencias de publicar contenido que infrinja las leyes
Actuar rápidamente ante cualquier publicación que pueda ser considerada ilegal o dañina

Conclusión
Los administradores de grupos en redes sociales tienen una responsabilidad significativa en cuanto al contenido que se comparte. Es crucial que estén informados sobre las leyes aplicables y actúen proactivamente para evitar problemas legales.

La gestión adecuada de estos grupos no solo protege a los administradores, sino también a los miembros del grupo y a la comunidad en general.

El consejo está conformado por la vicepresidenta Delcy Rodríguez; el ministro para la Defensa, Vladimir Padrino López; la ministra para la Ciencia y Tecnología, Gabriela Jiménez; Ministerio de Economía; el ministro para Relaciones Exteriores, Yván Gil; el ministro para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, el Ministerio para la Planificación y el Ministerio de Comercio Nacional.

El decreto, que entró en vigencia, señala que el órgano tendrá competencia en materia de prevención de los “usos delictivos” de las tecnologías de comunicación e información en el país. Además, se encargará de asesorar al Ejecutivo y al Consejo de Defensa sobre la elaboración de la política nacional de ciberseguridad.

Asimismo, tendrá la obligación de “elevar propuestas de regulaciones, leyes y reglamentos en materia de prevención de uso de las tecnologías de información y comunicación con fines delictivos; y verificar el grado de cumplimiento de la implementación de los planes y regulaciones adoptados en materia de ciberseguridad”, Art.2.

La comisión también deberá formular propuestas y recomendaciones sobre la política de ciberseguridad del Estado, en “armonía con los intereses y objetivos del país”. De igual manera, tendrá que llevar a cabo una valoración continua de los riesgos y amenazas, impulsar la conformación de una “red de vigilancia” para evitar “delitos informáticos transfronterizos” y constituir comités de trabajo interinstitucionales y de emergencia.

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FUENTE: >>R/S/W

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